Datos generales
Norma: DECRETO
Número de norma: 138
Fecha de la norma: 21/12/1909
Autoridad: SECRETARIA DE HACIENDA Y TESORO
Vigencia: PUBLIQUESE Y CUMPLASE
Gacetas: 1024 (29/12/1909)
Título: EN DESARROLLO DE LAS LEYES 19 Y 26 DE 1907 Y 3A DE 1909
Comentario:

El presente Decreto desarrolla la Ley 19 de 1907, sobre tierras baldías, al igual que la Ley 26 de 1907 y la Ley Tercera de 1909, relativas ambas al mismo tema. TEMAS RELACIONADOS: MINISTERIO DE HACIENDA Y TESORO, SECRETARIA DE HACIENDA Y TESORO, TIERRAS NACIONALES, ADJUDICACION DE TIERRAS, DECRETO, TIERRAS BALDIAS.

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Gacetas relacionadas
Gaceta N° Fecha Archivo
1024 29/12/1909 Ver
Temas en la norma
Materia
ADJUDICACION DE TIERRAS
DECRETO
MINISTERIO DE HACIENDA Y TESORO
SECRETARIA DE HACIENDA Y TESORO
TIERRAS BALDIAS
TIERRAS NACIONALES
Jurisprudencia constitucional
No hay jurisprudencia constitucional relacionada.
Referencias
DECRETO 138
REFERENCIAS ANTERIORES
Norma N.º de norma Fecha de norma N.º de Gaceta Fecha de Gaceta Afectación Comentario
3 02/01/1909 743 22/01/1909 DESARROLLA El presente Decreto No.138 de 1909, desarrolla la Ley 3 de 2 de enero de 1909.
26 11/06/1907 464 22/06/1907 DESARROLLA El Decreto No.138 de 21 de diciembre de 1909, desarrolla la Ley No.26 de 11 de junio de 1907.
19 29/05/1907 457 08/06/1907 DESARROLLA El presente Decreto desarrolla la Ley 19 de 1907, sobre tierras baldías e introduce el derecho del Estado consistente en no hacer la devolución de los impuestos pagados anticipadamente por parte de los particulares que usen tierras baldías y no se les haya entregado derecho de propiedad.
Referencias anteriores

Fecha de norma: 02/01/1909

Gaceta: 743 (22/01/1909)

Afectación: DESARROLLA

El presente Decreto No.138 de 1909, desarrolla la Ley 3 de 2 de enero de 1909.

Fecha de norma: 11/06/1907

Gaceta: 464 (22/06/1907)

Afectación: DESARROLLA

El Decreto No.138 de 21 de diciembre de 1909, desarrolla la Ley No.26 de 11 de junio de 1907.

Fecha de norma: 29/05/1907

Gaceta: 457 (08/06/1907)

Afectación: DESARROLLA

El presente Decreto desarrolla la Ley 19 de 1907, sobre tierras baldías e introduce el derecho del Estado consistente en no hacer la devolución de los impuestos pagados anticipadamente por parte de los particulares que usen tierras baldías y no se les haya entregado derecho de propiedad.

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