Datos generales
Norma: DECRETO EJECUTIVO
Número de norma: 160
Fecha de la norma: 02/06/2000
Autoridad: MINISTERIO DE GOBIERNO Y JUSTICIA
Vigencia: A PARTIR DE SU PROMULGACION
Gacetas: 24070 (08/06/2000)
Título: POR EL CUAL SE REGULA EL RECONOCIMIENTO DE PERSONERIAS JURIDICAS A LAS ASOCIACIONES SIN FINES DE LUCRO.
Comentario:

En el presente Decreto Ejecutivo se señalaron los requisitos que debían adjuntarse a la solicitud de reconocimiento de personería jurídica a las asociaciones sin fines de lucro, cuando se tratara de iglesias, congregaciones, comunidades o asociaciones religiosas, y a las asociaciones que no estuvieran relacionadas con temas deportivos ni agropecuarios. TEMAS RELACIONADOS: PERSONERIA, MINISTERIO DE GOBIERNO Y JUSTICIA, PERSONERIA JURIDICA, ASOCIACION, DECRETO EJECUTIVO, ENTIDADES SIN FINES DE LUCRO, ASOCIACIONES SIN FINES DE LUCRO.

Vigencias de la norma
No hay vigencias registradas para esta norma.
Archivos Fuentes
Archivos de la norma
No hay archivos registrados para esta norma.

Gacetas relacionadas
Gaceta N° Fecha Archivo
24070 08/06/2000 Ver
Temas en la norma
Materia
ASOCIACION
ASOCIACIONES SIN FINES DE LUCRO
DECRETO EJECUTIVO
ENTIDADES SIN FINES DE LUCRO
MINISTERIO DE GOBIERNO Y JUSTICIA
PERSONERIA
PERSONERIA JURIDICA
Jurisprudencia constitucional
Fecha Título Explicación Acciones
14/09/2001 Demanda de Inconstitucionalidad presentada por Arias, Fabrega y Fabrega contra la frase : Los miembros de la Junta Directiva deben ser panameños, se exceptúan los funcionarios de las embajadas y el personal diplomático" contenida en el segundo párrafo del ordinal 4 del artículo 2 del Decreto Ejecutivo 160 de 2 de junio de 2000. Declara que no es inconstitucional el segundo párrafo del ordinal cuarto del artículo 2 del Decreto Ejecutivo 160 de 2 de junio de 2000, modificado por el Decreto Ejecutivo 3 de 24 de enero de 2001. Ver
15/06/2001 Demanda de Inconstitucionalidad presentada por la Licda Gisela Dudley contra los numerales 4, 6 y 7 del articulo 2 y el articulo 3, ambos del Decreto Ejecutivo 160 de 2 de junio de 2000. Declara que no son inconstitucionales los numerales 4 y 7 del artículo 2 y el artículo 3, ambos del Decreto Ejecutivo 160 de 2 de junio de 2000, y que es Inconstitucional el numeral 6 del artículo 2 de dicho decreto reglamentario. Ver
14/09/2001

Declara que no es inconstitucional el segundo párrafo del ordinal cuarto del artículo 2 del Decreto Ejecutivo 160 de 2 de junio de 2000, modificado por el Decreto Ejecutivo 3 de 24 de enero de 2001.

15/06/2001

Declara que no son inconstitucionales los numerales 4 y 7 del artículo 2 y el artículo 3, ambos del Decreto Ejecutivo 160 de 2 de junio de 2000, y que es Inconstitucional el numeral 6 del artículo 2 de dicho decreto reglamentario.

Referencias
DECRETO EJECUTIVO 160
REFERENCIAS POSTERIORES
Norma N.º de norma Fecha de norma N.º de Gaceta Fecha de Gaceta Afectación Comentario
524 31/10/2005 25420 02/11/2005 DEROGADO POR Este Decreto Ejecutivo fue derogado por el Decreto Ejecutivo número 524 de 31 de octubre de 2005.
S/N* 15/06/2001 24422 01/11/2001 DECLARADO PARCIALMENTE INCONSTITUCIONAL POR El numeral 6 del Artículo 2 del presente Decreto Ejecutivo fue declarado inconstitucional mediante el fallo de 15 de junio de 2001.
3 24/01/2001 24231 31/01/2001 MODIFICADO PARCIALMENTE POR El Artículo 2 de este Decreto Ejecutivo fue modificado por el Decreto Ejecutivo número 3 de 24 de enero de 2001.
S/N 20/07/2000 24100 20/07/2000 CORREGIDO POR Un error involuntario en el texto del comentado Decreto Ejecutivo fue corregido mediante la Fe de Errata que aparece publicada en la Gaceta Oficial N.° 24,100 de 20 de julio de 2000.
Referencias posteriores

Fecha de norma: 31/10/2005

Gaceta: 25420 (02/11/2005)

Afectación: DEROGADO POR

Este Decreto Ejecutivo fue derogado por el Decreto Ejecutivo número 524 de 31 de octubre de 2005.

Fecha de norma: 15/06/2001

Gaceta: 24422 (01/11/2001)

Afectación: DECLARADO PARCIALMENTE INCONSTITUCIONAL POR

El numeral 6 del Artículo 2 del presente Decreto Ejecutivo fue declarado inconstitucional mediante el fallo de 15 de junio de 2001.

Fecha de norma: 24/01/2001

Gaceta: 24231 (31/01/2001)

Afectación: MODIFICADO PARCIALMENTE POR

El Artículo 2 de este Decreto Ejecutivo fue modificado por el Decreto Ejecutivo número 3 de 24 de enero de 2001.

Fecha de norma: 20/07/2000

Gaceta: 24100 (20/07/2000)

Afectación: CORREGIDO POR

Un error involuntario en el texto del comentado Decreto Ejecutivo fue corregido mediante la Fe de Errata que aparece publicada en la Gaceta Oficial N.° 24,100 de 20 de julio de 2000.