Mediante el referido Acuerdo, se dictan pautas legales y operativas, que deberán aplicar las Organizaciones Autorreguladas, casas de valores, corredores de valores y administradores de inversión, en el ejercicio de sus actividades, tendientes a evitar el blanqueo de capitales y el financiamiento del terrorismo. TEMAS RELACIONADOS: VALORES, INVERSION, LAVADO DE DINERO, POLITICA , COMISION NACIONAL DE VALORES, ACUERDO, BOLSA DE VALORES, TERRORISMO, CORREDORES, BLANQUEO DE CAPITALES .
Fecha de norma: 09/06/2006
Gaceta: 25580 (04/07/2000)
Afectación: SUBROGADO POR
La referida norma es subrogada por el Acuerdo No. 5-2006 de 9 de junio de 2006.
Fecha de norma: 19/02/2001
Gaceta: 24251 (01/03/2001)
Afectación: MODIFICA
La comentada Norma modifica el Acuerdo No. 4-2001, de 19 de Febrero de 2001.