Datos generales
Norma: DECRETO
Número de norma: 22
Fecha de la norma: 29/10/1997
Autoridad: ADMINISTRACION DE RECURSOS MINERALES
Vigencia: A PARTIR DE SU PUBLICACION EN EL BOLETIN ELECTORAL
Gacetas: -
Título: POR EL CUAL SE REGLAMENTAN LOS ARTICULOS 2 Y 30 DEL CODIGO ELECTORAL.
Comentario:

A través de este decreto, se reglamentó el numeral 4 del artículo 2 y el artículo 30 del Código Electoral, sobre prohibiciones por el uso de recursos del Estado en beneficio o en contra de algún partido político o candidato, en las vallas y anuncios utilizados por las entidades del sector público, nacionales y municipales, descentralizadas o no, para dar publicidad a obras públicas, y por la celebración de actos de proselitismo y propaganda político partidista en los actos de inauguración de tales obras.. TEMAS RELACIONADOS: PARTIDOS POLITICOS, PROHIBICION, OBRAS PUBLICAS, TRIBUNAL ELECTORAL

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Temas en la norma
Materia
OBRAS PUBLICAS
PARTIDOS POLITICOS
PROHIBICION
TRIBUNAL ELECTORAL
Jurisprudencia constitucional
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Referencias
DECRETO 22
REFERENCIAS POSTERIORES
Norma N.º de norma Fecha de norma N.º de Gaceta Fecha de Gaceta Afectación Comentario
11 10/03/1998 - MODIFICADO PARCIALMENTE POR El artículo 3 de este decreto fue modificado por el decreto 11 de 10 de marzo de 1998.
DECRETO 22
REFERENCIAS ANTERIORES
Norma N.º de norma Fecha de norma N.º de Gaceta Fecha de Gaceta Afectación Comentario
11 10/08/1983 19875 12/08/1983 REGLAMENTA PARCIALMENTE Este decreto reglamentó el numeral 4 del artículo 2 y el artículo 30 del texto único del Código Electoral (ley 11 de 10 de agosto de 1983), publicado el 17 de septiembre de 1993.
Referencias posteriores

Fecha de norma: 10/03/1998

Gaceta: -

Afectación: MODIFICADO PARCIALMENTE POR

El artículo 3 de este decreto fue modificado por el decreto 11 de 10 de marzo de 1998.

Referencias anteriores

Fecha de norma: 10/08/1983

Gaceta: 19875 (12/08/1983)

Afectación: REGLAMENTA PARCIALMENTE

Este decreto reglamentó el numeral 4 del artículo 2 y el artículo 30 del texto único del Código Electoral (ley 11 de 10 de agosto de 1983), publicado el 17 de septiembre de 1993.

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