Este Decreto Ley modificó y adicionó el Artículo 31 de la Ley número 24 de 24 de marzo de 1941, y las disposiciones correspondientes del Decreto Ley número 38 de 28 de julio de 1941, referentes a las sanciones por infracción de las normas que regulaban el ejercicio del comercio, la explotación de cualquier industria y el ejercicio de profesiones liberales. TEMAS RELACIONADOS: COMERCIO, PRACTICA PROFESIONAL, PROFESIONES, INDUSTRIA, DECRETO LEY, EJERCICIO DEL COMERCIO, EXPLOTACION DE LAS INDUSTRIAS, EXPLOTACION, SANCION.
Fecha de norma: 28/07/1941
Gaceta: 8576 (08/08/1941)
Afectación: ADICIONA PARCIALMENTE
Este Decreto Ley adicionó el Artículo 50 del Decreto Ley número 38 de 28 de julio de 1941.
Fecha de norma: 24/03/1941
Gaceta: 8481 (31/03/1941)
Afectación: ADICIONA Y MODIFICA PARCIALMENTE
Este Decreto Ley modificó el Artículo 31 y adicionó el Artículo 32 de la Ley número 24 de 24 de marzo de 1941.