Mediante la presente Ley, se creó el Ministerio de la Juventud, la Mujer, la Niñez y la Familia. El objetivo de este Ministerio sería impulsar el desarrollo humano por vía de la participación y la promoción de la equidad, así como la organización, administración, coordinación y ejecución de políticas, planes, programas y diversas acciones tendientes al fortalecimiento de la familia, la comunidad y de los grupos de población de atención prioritaria. TEMAS RELACIONADOS: PERSONAS CON DISCAPACIDAD, LEY, MINISTERIO DE LA JUVENTUD, LA MUJER, LA NIÑEZ Y LA FAMILIA, ASAMBLEA LEGISLATIVA, ADULTO MAYOR, MUJERES, DESARROLLO, FAMILIA, JUVENTUD.
Fecha de norma: 28/06/2007
Gaceta: 25824 (29/06/2007)
Afectación: DEROGADO PARCIALMENTE POR
El Capítulo IX de esta Ley fue derogado por la Ley número 23 de 28 de junio de 2007.
Fecha de norma: 01/08/2005
Gaceta: 25356 (03/08/2005)
Afectación: SUBROGADO PARCIALMENTE POR
Esta Ley fue subrogada por la Ley número 29 de 1 de agosto de 2005, con excepción de los Artículos 28 y 30 que permanecen vigentes.
Fecha de norma: 17/05/1994
Gaceta: 22591 (01/08/1994)
Afectación: MODIFICA PARCIALMENTE
Esta Ley modificó el Artículo 728 del Código de la Familia.
Fecha de norma: 20/01/1986
Gaceta: 20484 (01/02/1986)
Afectación: DEROGA
Esta Ley derogó el Decreto Ejecutivo número 13 de 20 de enero de 1986.
Fecha de norma: 16/07/1970
Gaceta: 16655 (27/07/1970)
Esta Ley modificó el Decreto de Gabinete número 249 de 16 de julio de 1970.
Fecha de norma: 15/01/1969
Gaceta: 16286 (27/01/1969)
Afectación: MODIFICA
Esta Ley modificó el Decreto de Gabinete número 2 de 15 de enero de 1969.