Título: | QUE DEFINE Y REGULA LOS DOCUMENTOS ELECTRONICOS Y LAS FIRMAS ELECTRONICAS Y LA PRESTACION DE SERVICIOS DE ALMACENAMIENTO TECNOLOGICO DE DOCUMENTOS Y DE CERTIFICACION DE FIRMAS ELECTRONICAS Y ADOPTA OTRAS DISPOSICIONES PARA EL DESARROLLO DEL COMERCIO ELECTRONICO. |
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Comentario: | Esta ley dicta normas sobre documentos electrónicos, firmas electrónicas, almacenamiento tecnológico de documentos, certificación de firmas electrónicas y comercio electrónico (e-commerce). El Título II se refiere al valor legal de los documentos electrónicos y de la firma electrónica, la integridad de un mensaje de datos, y la integridad de un documento electrónico y su admisibilidad y fuerza probatoria; el Título III alude al valor legal de la firma electrónica, el reconocimiento de tecnologías para crear firmas electrónicas, el uso de la firma electrónica por el Estado, los certificados electrónicos calificados, los firmantes de documentos electrónicos, y el registro y prestación de servicios de certificación de firmas electrónicas calificadas; el Título IV, sobre almacenamiento tecnológico de documentos electrónicos, trata de la conservación de los documentos electrónicos y archivo de documentos por cuenta propia o a través de terceros, la validez legal del almacenamiento electrónico, y el valor de jurídico de los documentos almacenados tecnológicamente; y el Título VI, que se refiere al uso de Internet para la realización de actos y servicios relacionados con el comercio. TEMAS RELACIONADOS: LEY, ASAMBLEA NACIONAL, INTERNET, TECNOLOGIA, DOCUMENTO ELECTRONICO, FIRMA ELECTRONICA, COMERCIO ELECTRONICO, ALMACENAMIENTO ELECTRONICO, CERTIFICADO ELECTRONICO, REPOSITORIO. |