Datos generales
Norma: LEY
Número de norma: 57
Fecha de la norma: 01/09/1978
Autoridad: CONSEJO NACIONAL DE LEGISLACION
Vigencia: A PARTIR DE SU PROMULGACION
Gacetas: 18673 (28/09/1978)
Título: POR LA CUAL SE REGLAMENTA LA PROFESION DE CONTADOR PUBLICO AUTORIZADO.
Comentario:

Por conducto de esta Ley, se reglamenta el ejercicio de la profesión de Contador Público Autorizado y se establece cuales actos son considerados como propios del ejercicio de dicha profesión. TEMAS RELACIONADOS: CONTADOR, LEY, PROFESIONES, CONTABILIDAD, CONSEJO NACIONAL DE LEGISLACION.

Vigencias de la norma
No hay vigencias registradas para esta norma.
Archivos Fuentes
Archivos de la norma
Nombre de archivo Archivo
18673_17542.pdf Ver

Gacetas relacionadas
Gaceta N° Fecha Archivo
18673 28/09/1978 Ver
Temas en la norma
Materia
CONSEJO NACIONAL DE LEGISLACION
CONTABILIDAD
CONTADOR
LEY
PROFESIONES
Jurisprudencia constitucional
Fecha Título Explicación Acciones
03/09/2020 ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD CONTRA EL ARTICULO 74 DE LA LEY N°6 DE 2 DE FEBRERO DE 2005, QUE ADICIONA EL LITERAL I AL ARTICULO 14 DE LA LEY 57 DE 1 DE SEPTIEMBRE DE 1978 "POR LA CUAL SE REGLAMENTA LA PROFESION DE CONTADOR PUBLICO AUTORIZADO". DECLARA QUE NO ES INCONSTITUCIONAL el artículo 74 de la Ley 6 de 2 de febrero de 2005, que adiciona el literal i al artículo 14 de la Ley 57 de 1 de septiembre de 1978. Ver
12/03/2009 El Pleno de la Corte Suprema de Justicia conoce de la acción de inconstitucionalidad presenta por el Roberto Enrique Fuentes, en representación de RODOLFO GUILLÉN ARAÚZ, contra el parágrafo 1 del artículo 74 de la ley 6 de 2 de febrero de 2005. DECLARA QUE NO ES INCONSTITUCIONAL el parágrafo 1 del literal i del artículo 14 de la Ley 57 de 1 de septiembre de 1978, adicionado por el artículo 74 de la Ley 6 de 2 de febrero de 2005. Ver
20/08/1979 EL LICENCIADO MANUEL E. BERMUDEZ , EN SU PROPIO NOMBRE PRESENTO ANTE EL PLENO DE ESTA CORPORACION DEMANDA DE INCONSTITUCIONALIDAD DE LOS NUMERALES 2, 3 Y 4 DEL ARTICULO 7 Y PARTE B) Y C) Y PARAGRAFOS A) Y B) DEL ARTICULO 10 DE LA LEY 57 DE PRIMERO DE SEPTIEMBRE DE 1978, POR ESTIMAR QUE SON VIOLATORIOS DE LOS ARTICULOS 17, 19, 20 Y 93 DE LA CONSTITUCION NACIONAL. DECLARA QUE NO SON INCONSTITUCIONALES los numerales 2, 3 y 4 del artículo 7 y los apartes b) y c) y parágrafo a) y b) del artículo 10 de la Ley 57 de 1 de septiembre 1978. Ver
03/09/2020

DECLARA QUE NO ES INCONSTITUCIONAL el artículo 74 de la Ley 6 de 2 de febrero de 2005, que adiciona el literal i al artículo 14 de la Ley 57 de 1 de septiembre de 1978.

12/03/2009

DECLARA QUE NO ES INCONSTITUCIONAL el parágrafo 1 del literal i del artículo 14 de la Ley 57 de 1 de septiembre de 1978, adicionado por el artículo 74 de la Ley 6 de 2 de febrero de 2005.

20/08/1979

DECLARA QUE NO SON INCONSTITUCIONALES los numerales 2, 3 y 4 del artículo 7 y los apartes b) y c) y parágrafo a) y b) del artículo 10 de la Ley 57 de 1 de septiembre 1978.

Referencias
LEY 57
REFERENCIAS POSTERIORES
Norma N.º de norma Fecha de norma N.º de Gaceta Fecha de Gaceta Afectación Comentario
280 30/12/2021 29445-E 30/12/2021 DEROGADO POR La presente norma derogo la Ley 57 de 1 de septiembre de 1978, que reglamento la profesion de Contador Publico Autorizado.
6 02/02/2005 25232 03/02/2005 ADICIONADO PARCIALMENTE POR La Ley No. 6 de 2 de Febrero de 2005, adiciona el literal i), al Artículo 14 de la Norma en comento.
68 29/10/1986 20678 12/11/1986 REGLAMENTADO PARCIALMENTE POR El Artículo 13 de la presente Ley fue reglamentado por el Decreto número 68 del 29 de octubre de 1986.
LEY 57
REFERENCIAS ANTERIORES
Norma N.º de norma Fecha de norma N.º de Gaceta Fecha de Gaceta Afectación Comentario
32 23/11/1966 15751 26/11/1966 DEROGA Esta Norma deroga la Ley 32 de 23 de Noviembre de 1966.
8 19/01/1957 13156 26/01/1957 ACLARA A través de esta Ley se deroga la Ley No. 8 de 19 de Enero de 1957.
Referencias posteriores

Fecha de norma: 30/12/2021

Gaceta: 29445-E (30/12/2021)

Afectación: DEROGADO POR

La presente norma derogo la Ley 57 de 1 de septiembre de 1978, que reglamento la profesion de Contador Publico Autorizado.

Fecha de norma: 02/02/2005

Gaceta: 25232 (03/02/2005)

Afectación: ADICIONADO PARCIALMENTE POR

La Ley No. 6 de 2 de Febrero de 2005, adiciona el literal i), al Artículo 14 de la Norma en comento.

Fecha de norma: 29/10/1986

Gaceta: 20678 (12/11/1986)

Afectación: REGLAMENTADO PARCIALMENTE POR

El Artículo 13 de la presente Ley fue reglamentado por el Decreto número 68 del 29 de octubre de 1986.

Referencias anteriores

Fecha de norma: 23/11/1966

Gaceta: 15751 (26/11/1966)

Afectación: DEROGA

Esta Norma deroga la Ley 32 de 23 de Noviembre de 1966.

Fecha de norma: 19/01/1957

Gaceta: 13156 (26/01/1957)

Afectación: ACLARA

A través de esta Ley se deroga la Ley No. 8 de 19 de Enero de 1957.

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