Datos generales
Norma: LEY
Número de norma: 44
Fecha de la norma: 12/08/1995
Autoridad: ASAMBLEA LEGISLATIVA
Vigencia: A PARTIR DE SU PROMULGACION
Gacetas: 22847 (14/08/1995)
Título: "POR LA CUAL SE DICTAN NORMAS PARA REGULARIZAR Y MODERNIZAR LAS RELACIONES LABORALES."
Comentario:

Esta Ley, dicta normas que regularizan y modernizan las relaciones laborales. TEMAS RELACIONADOS: LEY, ASAMBLEA LEGISLATIVA, CODIGO DE TRABAJO, TRABAJO, RELACIONES LABORALES.

Vigencias de la norma
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Nombre de archivo Archivo
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Gacetas relacionadas
Gaceta N° Fecha Archivo
22847 14/08/1995 Ver
Temas en la norma
Materia
ASAMBLEA LEGISLATIVA
CODIGO DE TRABAJO
LEY
RELACIONES LABORALES
TRABAJO
Jurisprudencia constitucional
Fecha Título Explicación Acciones
24/08/2007 Conoce el Pleno de la Corte Suprema de Justicia de la Acción de Inconstitucional promovida por el Licenciado SERGIO GONZÁLEZ, actuando en su propio nombre, contra el artículo 42 de la Ley No. 44 de 1995, por la cual se subroga el artículo 352 del Código de Trabajo, que introduce las frases "de quince días calendarios" y "de quince días". DECLARA QUE SON INCONSTITUCIONALES, las frases de "quince días calendario" y "de quince días" contenidas en el artículo 352 del Código de Trabajo, subrogado por el artículo 42 de la Ley 44 de 1995. Ver
19/02/1997 El licenciado Eduardo E. Ríos Molinar, en representación del señor Carlos Ríos Delgado, el día 25 de septiembre de 1995 presentó ante la Secretaría General de esta máxima corporación de justicia, demanda de inconstitucionalidad contra los artículos: 77-A numeral 3, el 142 donde dice: "Las Primas de producción estarán exentas de las cotizaciones del régimen de seguridad social", y el artículo 219 del Decreto de Gabinete 252 de 1971, tal como fue adicionado y subrogado, respectivamente, por la Ley 44 de 12 de agosto de 1995. DECLARA: a) QUE SE HA PRODUCIDO SUSTRACCIÓN DE MATERIA en relación con el numeral 3 del artículo 77-A y el 219 del Código de Trabajo, conforme a la reforma introducida por la Ley 44 de 1995; b) QUE NO ES INCONSTITUCIONAL la frase introducida en el artículo 142 del Código de Trabajo, que dice "las primas de producción están exentas de las cotizaciones del régimen de seguridad social", según las modificaciones de la Ley 44 de 1995. Ver
31/01/1997 Mediante poder especial otorgado al doctor HUMBERTO RICORD, los sindicalistas GENARO LÓPEZ RODRÍGUEZ, FERNANDO FALCÓN y POMPILIO GONZÁLEZ promovieron demanda de inconstitucionalidad contra la Ley 44, de 12 de agosto de 1995, en su totalidad, por razones de forma, y de artículos específicos de la misma, a saber: los artículos 1, 9, 12, artículo 22, incisos segundo y tercero, 28, 33, 34 por razones de fondo, el día 19 de octubre de 1995, demanda de inconstitucionalidad ésta que fue admitida por el Magistrado Ponente, mediante resolución de 24 de octubre de 1995, la cual, además, ordenó su traslado al Procurador General de la Nación. DECLARA: 1) QUE NO ES INCONSTITUCIONAL, por razones de forma la Ley 44 de 1995; 2) QUE NO SON INCONSTITUCIONALES los artículos 1, 75, 76, 77-A, con excepción del numeral 3, 159, 197-A, 218 y 219 del Código de Trabajo, conforme fueron modificados por la Ley 44 de 1995; y, 3) QUE ES INCONSTITUCIONAL el ordinal 3 del artículo 77-A, del Código de Trabajo, modificado por la Ley 44 de 1995. Ver
01/07/1996 El Licenciado Carlos A. Bonilla, actuando en representación del señor ESPÍRITU RESTREPO, ha presentado advertencia de inconstitucionalidad contra el artículo 377 del Código de Trabajo (Decreto de Gabinete Nº 252 de 1971). A la presente advertencia de inconstitucionalidad le fueron acumuladas, mediante resolución expedida el 11 de octubre de 1995, las advertencias de inconstitucionalidad presentadas dentro del proceso laboral de reintegro a favor de los señores EDGARD ZACHRISSON MITRE, ANÍBAL KARAMAÑITES, JULIO CÉSAR AGÜERO y OLIVER MARCOS GUERRERO, a fin de que se sustancien y fallen en una sola sentencia. DECLARA QUE NO ES INCONSTITUCIONAL el artículo 377 del Código de Trabajo, reformado por el artículo 50 de la Ley 44 del 12 de agosto de 1995. Ver
22/04/1996 Demanda de Inconstitucionalidad interpuesta por el Licenciado Juan Gabriel González, contra el articulo 63 de la Ley 44 de 12 de agosto de 1995, por la cual se dictan normas para regularizar y modernizar las relaciones laborales. DECLARA QUE NO ES INCONSTITUCIONAL el artículo 63 de la Ley 44 de 12 de agosto de 1995, porque no viola los artículos 17, 32, 44, ni ninguna otra disposición de la Constitución Política de la República de Panamá vigente. Ver
24/08/2007

DECLARA QUE SON INCONSTITUCIONALES, las frases de "quince días calendario" y "de quince días" contenidas en el artículo 352 del Código de Trabajo, subrogado por el artículo 42 de la Ley 44 de 1995.

19/02/1997

DECLARA: a) QUE SE HA PRODUCIDO SUSTRACCIÓN DE MATERIA en relación con el numeral 3 del artículo 77-A y el 219 del Código de Trabajo, conforme a la reforma introducida por la Ley 44 de 1995; b) QUE NO ES INCONSTITUCIONAL la frase introducida en el artículo 142 del Código de Trabajo, que dice "las primas de producción están exentas de las cotizaciones del régimen de seguridad social", según las modificaciones de la Ley 44 de 1995.

31/01/1997

DECLARA: 1) QUE NO ES INCONSTITUCIONAL, por razones de forma la Ley 44 de 1995; 2) QUE NO SON INCONSTITUCIONALES los artículos 1, 75, 76, 77-A, con excepción del numeral 3, 159, 197-A, 218 y 219 del Código de Trabajo, conforme fueron modificados por la Ley 44 de 1995; y, 3) QUE ES INCONSTITUCIONAL el ordinal 3 del artículo 77-A, del Código de Trabajo, modificado por la Ley 44 de 1995.

01/07/1996

DECLARA QUE NO ES INCONSTITUCIONAL el artículo 377 del Código de Trabajo, reformado por el artículo 50 de la Ley 44 del 12 de agosto de 1995.

22/04/1996

DECLARA QUE NO ES INCONSTITUCIONAL el artículo 63 de la Ley 44 de 12 de agosto de 1995, porque no viola los artículos 17, 32, 44, ni ninguna otra disposición de la Constitución Política de la República de Panamá vigente.

Referencias
LEY 44
REFERENCIAS POSTERIORES
Norma N.º de norma Fecha de norma N.º de Gaceta Fecha de Gaceta Afectación Comentario
S/N 24/08/2007 26345 13/08/2009 DECLARADO PARCIALMENTE INCONSTITUCIONAL POR Se DECLARA QUE SON INCONSTITUCIONALES las frases de "quince días calendario" y "de quince días" contenidas en el artículo 352 del Código de Trabajo, conforme fue subrogado por el artículo 42 de la Ley 44 de 12 de agosto de 1995, mediante la Sentencia de 24 de agosto de 2007.
LEY 44
REFERENCIAS ANTERIORES
Norma N.º de norma Fecha de norma N.º de Gaceta Fecha de Gaceta Afectación Comentario
30 26/12/1991 21943 31/12/1991 MODIFICA PARCIALMENTE La Ley 44 de 12 de agosto de 1995, modifica el acápite b del artículo 62 de la Ley 30 de 26 de diciembre de 1991.
7 25/02/1975 17801 18/03/1975 MODIFICA Y SUBROGA PARCIALMENTE La Ley 44 de 12 de agosto de 1995, modifica los artículos 4, 6 y 9; y subroga el Artículo 11 de la Ley 7 de 25 de febrero de 1975.
252 30/12/1971 17040 18/02/1972 MODIFICA, ADICIONA, SUBROGA Y DEROGA PARCIALMENTE Esta Ley modificó los Artículos 39, 126, 199, 213, 340, 376, 377, 381, 403 y 438, los numerales 3, 4, 5, 7 y 8 del Artículo 127, los numerales 2, 9, 14, 15, 21 y 22 del Artículo 128, y los numerales 8, 9, 11 y 14 del Artículo 138; subrogó los Artículos 1, 22, 60, 67, 75, 77, 78, 107, 142, 143, 155, 159, 162, 186, 193, 195, 212, 218, 219, 224, 225, 238, 242, 344, 352, 353, 356, 359, 369, 374, 375, 380, 413, 415, 416, 441, 959, 967 y 978; adicionó el numeral 8 al Artículo 12, un párrafo a los Artículos 59, 76, 160 y 406, dos párrafos al Artículo 200, párrafos al Artículo 705, los Artículos 54-A, 77-A, 197-A, 536-A y 981-A, el Capítulo III (compuesto por los Artículos 229-A, 229-B, 229-C, 229-D, 229-E, 229-F, 229-G, 229-H, 229-I, 229-J, 229-K, 229-L, 229-M y 229-N) al Título VI del Libro I, los numerales 9, 10, 11 y 12 al Artículo 127, los numerales 27, 28, 29 y 30 al Artículo 128, y el numeral 15 al Artículo 138; y, derogó los Artículos 80, 81 y 347 del Código de Trabajo.
Referencias posteriores

Fecha de norma: 24/08/2007

Gaceta: 26345 (13/08/2009)

Afectación: DECLARADO PARCIALMENTE INCONSTITUCIONAL POR

Se DECLARA QUE SON INCONSTITUCIONALES las frases de "quince días calendario" y "de quince días" contenidas en el artículo 352 del Código de Trabajo, conforme fue subrogado por el artículo 42 de la Ley 44 de 12 de agosto de 1995, mediante la Sentencia de 24 de agosto de 2007.

Referencias anteriores

Fecha de norma: 26/12/1991

Gaceta: 21943 (31/12/1991)

Afectación: MODIFICA PARCIALMENTE

La Ley 44 de 12 de agosto de 1995, modifica el acápite b del artículo 62 de la Ley 30 de 26 de diciembre de 1991.

Fecha de norma: 25/02/1975

Gaceta: 17801 (18/03/1975)

Afectación: MODIFICA Y SUBROGA PARCIALMENTE

La Ley 44 de 12 de agosto de 1995, modifica los artículos 4, 6 y 9; y subroga el Artículo 11 de la Ley 7 de 25 de febrero de 1975.

Fecha de norma: 30/12/1971

Gaceta: 17040 (18/02/1972)

Afectación: MODIFICA, ADICIONA, SUBROGA Y DEROGA PARCIALMENTE

Esta Ley modificó los Artículos 39, 126, 199, 213, 340, 376, 377, 381, 403 y 438, los numerales 3, 4, 5, 7 y 8 del Artículo 127, los numerales 2, 9, 14, 15, 21 y 22 del Artículo 128, y los numerales 8, 9, 11 y 14 del Artículo 138; subrogó los Artículos 1, 22, 60, 67, 75, 77, 78, 107, 142, 143, 155, 159, 162, 186, 193, 195, 212, 218, 219, 224, 225, 238, 242, 344, 352, 353, 356, 359, 369, 374, 375, 380, 413, 415, 416, 441, 959, 967 y 978; adicionó el numeral 8 al Artículo 12, un párrafo a los Artículos 59, 76, 160 y 406, dos párrafos al Artículo 200, párrafos al Artículo 705, los Artículos 54-A, 77-A, 197-A, 536-A y 981-A, el Capítulo III (compuesto por los Artículos 229-A, 229-B, 229-C, 229-D, 229-E, 229-F, 229-G, 229-H, 229-I, 229-J, 229-K, 229-L, 229-M y 229-N) al Título VI del Libro I, los numerales 9, 10, 11 y 12 al Artículo 127, los numerales 27, 28, 29 y 30 al Artículo 128, y el numeral 15 al Artículo 138; y, derogó los Artículos 80, 81 y 347 del Código de Trabajo.

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