Fecha de norma: 06/05/2025
Gaceta: 30271-A (06/05/2025)
Afectación: CORREGIDO PARCIALMENTE POR
La presente norma corrigió error involuntario en el artículo 97 de la Ley 467 de 24 de abril de 2025 publicada en la Gaceta Oficial 30265;
DONDE DICE: …
ARTÍCULO 97. El artículo 659 del Código Procesal Civil queda así: Artículo 659. Lanzamiento por intruso. Si una finca, bien inmueble o propiedad sujeta al régimen de propiedad horizontal se encuentra ocupado sin que medie contrato de arrendamiento, autorización verbal o expresa del propietario, su apoderado o su administrador, cualquiera de estas personas podrá presentar solicitud de lanzamiento por intruso con la consecuente restitución del bien a favor del peticionario.
Será competente para conocer de la solicitud de lanzamiento el juez municipal del lugar en donde está ubicado el bien ocupado, a prevención con el juez comunitario. …
DEBE DECIR: …
ARTÍCULO 97. Se modifican los dos primeros párrafos del artículo 659 del Código Procesal Civil, así: Artículo 659. Lanzamiento por intruso. Si una finca, bien inmueble o propiedad sujeta al régimen de propiedad horizontal se encuentra ocupado sin que medie contrato de arrendamiento, autorización verbal o expresa del propietario, su apoderado o su administrador, cualquiera de estas personas podrá presentar solicitud de lanzamiento por intruso con la consecuente restitución del bien a favor del peticionario.
Será competente para conocer de la solicitud de lanzamiento el juez municipal del lugar en donde está ubicado el bien ocupado, a prevención con el juez comunitario. …