Datos generales
Norma: LEY
Número de norma: 25
Fecha de la norma: 30/01/1958
Autoridad: ASAMBLEA NACIONAL
Vigencia: EJECUTESE Y PUBLIQUESE
Gacetas: 13485 (08/03/1958)
Título: POR LA CUAL SE APRUEBA EL CODIGO ELECTORAL.
Comentario:

Por medio del presente cuerpo normativo, la Asamblea Nacional aprueba el Código Electoral, importante conjunto de normas por medio del cual se regula, entre otros muchos aspectos, lo relacionado con el Tribunal Electoral, a las elecciones populares (candidaturas, partidos políticos) y al ejercicio del sufragio, derecho y deber del ciudadano propio de los sistemas de gobernación democráticos. Con esta Ley, quedan derogadas todas las disposiciones legales anteriores que se hayan dictado en materia electoral. TEMAS RELACIONADOS: VOTACION, VOTO, ELECCIONES, PARTIDOS POLITICOS, ASAMBLEA NACIONAL, CODIGO ELECTORAL, SUFRAGIO, TRIBUNAL ELECTORAL, ELECCIONES POPULARES.

Vigencias de la norma
No hay vigencias registradas para esta norma.
Archivos Fuentes
Archivos de la norma
No hay archivos registrados para esta norma.

Gacetas relacionadas
Gaceta N° Fecha Archivo
13485 08/03/1958 Ver
Temas en la norma
Materia
ASAMBLEA NACIONAL
CODIGO ELECTORAL
ELECCIONES
ELECCIONES POPULARES
PARTIDOS POLITICOS
SUFRAGIO
TRIBUNAL ELECTORAL
VOTACION
VOTO
Jurisprudencia constitucional
Fecha Título Explicación Acciones
27/11/1967 "Ejercitando la acción pública que consagra el artículo 167 de la Constitución Nacional, el ciudadano Guillermo Elías Quijano, varón panameño, mayor de edad, casado y portador de la Cédula de Identidad Personal N° 9AV-3-681, demanda mediante apoderado la inconstitucionalidad de la frase que contiene el artículo 15 de la Ley 25 de 30 de enero de 1958"... y sólo se extinguirán por disposición voluntaria o por fusión con otros partidos" por considerar dicha frase está en pugna con el artículo 105 de la Carta." "Por las razones expuestas, la Corte Suprema, Pleno, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA que es inconstitucional la última parte del artículo 15 de la Ley 25 de 30 de enero de 1958 que a la letra dice “... y sólo se extinguirán por disolución voluntaria o por fusión con otros partidos". Ver
18/11/1964 El licenciado Ramón Carrillo, actuando en su propio nombre, en ejercicio del derecho que le otorga el artículo 167 de la Constitución Nacional, pide que con audiencia del señor procurador de la Nación o del Auxiliar y mediante los trámitos legales correspondientes, se declare por sentencia definitiva, la inconstitucionalidad del artículo 61 de la Ley 25 de 30 de enero de 1958, en relación con el artículo 46 de la misma ley. NIEGA LA DECLARATORIA DE INCONSTITUCIONALIDAD del artículo 61 de la Ley 25 de 30 de enero de 1958, en relación con el artículo 46 de la misma ley. Ver
10/06/1964 El Lic. Remón Carrillo actuando en su propio nombre, en ejercicio del derecho-que le confiere el artículo 167 de la Constitución Nacional, pide que 2con audiencia del señor Procurador General de la Nación o del Procurador Auxiliar y mediante los trámites correspondientes, se declare por sentencia firme la inconstitucionalidad del artículo 15 de la Ley 80 de 29 de noviembre de 1963, que modifica el artículo 182 de le Ley 25 de 30 de enero de 1958, por la cual se aprobó el Código Electoral". RESUELVE QUE NO HAY LUGAR a la declaración de inconstitucionalidad del artículo 15 de la Ley 80 de 29 de noviembre de 1963, que modifica el artículo 182 de le Ley 25 de 30 de enero de 1958. Ver
09/11/1962 "Secundino Torres Gudiño demanda la inconstitucionalidad de la expresión "cuando en una elección resulten los sufragios de sus adherentes en número inferior a la cifra que esta Ley exige para la inscripción de los Partidos Políticos”, contenida en el artículo 15 de la Ley 25 de 1958." DECLARA QUE ES INCONSTITUCIONAL la frase del artículo 15 del Código Electoral que dice: "cuando en una elección resulten los sufragios de sus adherentes en número inferior a la cifra que esta ley exige para la inscripción de los partidos políticos". Ver
27/11/1967

"Por las razones expuestas, la Corte Suprema, Pleno, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA que es inconstitucional la última parte del artículo 15 de la Ley 25 de 30 de enero de 1958 que a la letra dice “... y sólo se extinguirán por disolución voluntaria o por fusión con otros partidos".

18/11/1964

NIEGA LA DECLARATORIA DE INCONSTITUCIONALIDAD del artículo 61 de la Ley 25 de 30 de enero de 1958, en relación con el artículo 46 de la misma ley.

10/06/1964

RESUELVE QUE NO HAY LUGAR a la declaración de inconstitucionalidad del artículo 15 de la Ley 80 de 29 de noviembre de 1963, que modifica el artículo 182 de le Ley 25 de 30 de enero de 1958.

09/11/1962

DECLARA QUE ES INCONSTITUCIONAL la frase del artículo 15 del Código Electoral que dice: "cuando en una elección resulten los sufragios de sus adherentes en número inferior a la cifra que esta ley exige para la inscripción de los partidos políticos".

Referencias
LEY 25
REFERENCIAS POSTERIORES
Norma N.º de norma Fecha de norma N.º de Gaceta Fecha de Gaceta Afectación Comentario
5 10/02/1978 18516 14/02/1978 DEROGADO POR La Ley 5 de 10 de febrero de 1978, deroga en todas sus partes la Ley 25 de 30 de enero de 1958 (Código Electoral).
150 09/05/1968 16109 10/05/1968 DESARROLLADO PARCIALMENTE POR El presente Código, fue desarrollado en algunas de sus disposiciones, por el Decreto número 150 de 9 de mayo de 1968.
149 09/05/1968 16109 10/05/1968 DESARROLLADO PARCIALMENTE POR El presente Código fue desarrollado en sus Artículos 250 y 252, por el Decreto número 149 de 9 de mayo de 1968.
80 29/11/1963 15013 04/12/1963 MODIFICADO, ADICIONADO Y DEROGADO PARCIALMENTE POR En la Ley 80 de 29 de noviembre de 1963, se modificaron los artículos 11 (literal a), 32, 71 (ordinal 4), 77, 78, 81, 101 (ordinal 2), 116 (ordinal 1), 118, 125, 153, 180, 182, 186 (primer párrafo), 190, 192, 193, 194, 195, 196, 199, 255, 257, 258, 259, 261, 264, 265 y 284; se adicionó un artículo nuevo después del 266; y se derogó los artículos 82, 122, 178 y 266 del Código Electoral, el cual fue aprobado por medio de la Ley 25 de 30 de enero de 1958.
58 30/11/1959 14033 21/01/1960 REFORMADO Y ADICIONADO PARCIALMENTE POR La Ley N° 58 de 30 de noviembre de 1959, reforma los artículos 175 y 182; y adiciona el artículo 123 del Código Electoral aprobado mediante Ley 25 de 30 de enero de 1958.
31 09/05/1959 13836 19/05/1959 MODIFICADO PARCIALMENTE POR La Ley número 31 de 9 de mayo de 1959, modifica el Artículo 32 del Código Electoral aprobado mediante Ley 25 de 30 de enero de 1958.
21 30/01/1959 13782 13/03/1959 REFORMADO, ADICIONADO Y DEROGADO PARCIALMENTE POR El Código Electoral (Ley 25 de 30 de enero de 1958), fue reformado en los Artículos 28 y 40, el inciso 1 del Artículo 101, los Artículos 108, 112 y 115, el párrafo primero del Artículo 137, el párrafo tercero del Artículo 138, el párrafo primero del Artículo 146, y los Artículos 148, 156, 169, 174 y 175; adicionado con un Artículo en el Capítulo VII del Título III y en el Título XII; derogado en los Artículos 29, 30 y 31; y eliminado en el inciso 2 del Artículo 110, por la Ley número 21 de 30 de enero de 1959.
Referencias posteriores

Fecha de norma: 10/02/1978

Gaceta: 18516 (14/02/1978)

Afectación: DEROGADO POR

La Ley 5 de 10 de febrero de 1978, deroga en todas sus partes la Ley 25 de 30 de enero de 1958 (Código Electoral).

Fecha de norma: 09/05/1968

Gaceta: 16109 (10/05/1968)

Afectación: DESARROLLADO PARCIALMENTE POR

El presente Código, fue desarrollado en algunas de sus disposiciones, por el Decreto número 150 de 9 de mayo de 1968.

Fecha de norma: 09/05/1968

Gaceta: 16109 (10/05/1968)

Afectación: DESARROLLADO PARCIALMENTE POR

El presente Código fue desarrollado en sus Artículos 250 y 252, por el Decreto número 149 de 9 de mayo de 1968.

Fecha de norma: 29/11/1963

Gaceta: 15013 (04/12/1963)

Afectación: MODIFICADO, ADICIONADO Y DEROGADO PARCIALMENTE POR

En la Ley 80 de 29 de noviembre de 1963, se modificaron los artículos 11 (literal a), 32, 71 (ordinal 4), 77, 78, 81, 101 (ordinal 2), 116 (ordinal 1), 118, 125, 153, 180, 182, 186 (primer párrafo), 190, 192, 193, 194, 195, 196, 199, 255, 257, 258, 259, 261, 264, 265 y 284; se adicionó un artículo nuevo después del 266; y se derogó los artículos 82, 122, 178 y 266 del Código Electoral, el cual fue aprobado por medio de la Ley 25 de 30 de enero de 1958.

Fecha de norma: 30/11/1959

Gaceta: 14033 (21/01/1960)

Afectación: REFORMADO Y ADICIONADO PARCIALMENTE POR

La Ley N° 58 de 30 de noviembre de 1959, reforma los artículos 175 y 182; y adiciona el artículo 123 del Código Electoral aprobado mediante Ley 25 de 30 de enero de 1958.

Fecha de norma: 09/05/1959

Gaceta: 13836 (19/05/1959)

Afectación: MODIFICADO PARCIALMENTE POR

La Ley número 31 de 9 de mayo de 1959, modifica el Artículo 32 del Código Electoral aprobado mediante Ley 25 de 30 de enero de 1958.

Fecha de norma: 30/01/1959

Gaceta: 13782 (13/03/1959)

Afectación: REFORMADO, ADICIONADO Y DEROGADO PARCIALMENTE POR

El Código Electoral (Ley 25 de 30 de enero de 1958), fue reformado en los Artículos 28 y 40, el inciso 1 del Artículo 101, los Artículos 108, 112 y 115, el párrafo primero del Artículo 137, el párrafo tercero del Artículo 138, el párrafo primero del Artículo 146, y los Artículos 148, 156, 169, 174 y 175; adicionado con un Artículo en el Capítulo VII del Título III y en el Título XII; derogado en los Artículos 29, 30 y 31; y eliminado en el inciso 2 del Artículo 110, por la Ley número 21 de 30 de enero de 1959.

Textos únicos
No hay textos únicos relacionados para esta norma.