DATOS GENERALES
Gaceta N°: 22591
Fecha de la Gaceta: 01/08/1994
Norma: LEY
Número de norma: 3
Fecha de la norma: 17/05/1994
Autoridad: ASAMBLEA NACIONAL
Vigencia: A PARTIR DE SU PROMULGACION
NORMA
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GACETA
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Título: "POR LA CUAL SE APRUEBA EL CODIGO DE LA FAMILIA".
Comentario:

Por medio de la presente norma, se aprueba el Código de la Familia, y el mismo indica que la unidad familiar, la igualdad de derechos y deberes de los cónyuges, la igualdad de los hijos y la protección de los menores de edad, constituyen principios fundamentales para la aplicación e interpretación de este cuerpo de leyes. . TEMAS RELACIONADOS: JUECES, LEY, MATRIMONIO, MENORES DE EDAD, PROCESO, ALIMENTOS, ADOPCION DE MENORES, ASAMBLEA NACIONAL, CODIGO DE LA FAMILIA, CODIGOS, TRIBUNAL TUTELAR DE MENORES, DIVORCIO, PENSION ALIMENTICIA, FAMILIA.

TEMAS EN LA NORMA
.
ADOPCION DE MENORES
ALIMENTOS
ASAMBLEA NACIONAL
CODIGO DE LA FAMILIA
CODIGOS
DIVORCIO
FAMILIA
JUECES
LEY
MATRIMONIO
MENORES DE EDAD
PENSION ALIMENTICIA
PROCESO
TRIBUNAL TUTELAR DE MENORES
JURISPRUDENCIA CONSTITUCIONAL
Fecha del fallo Título del fallo Decisión del fallo
25/01/1999 Consulta de Constitucionalidad formulada por el Magistrado Rogelio A Fabrega Zarak, de la Sala Primera de lo Civil de la Corte Suprema de Justicia, contra la frase de lo civil " consagrada en la ultima oración del articulo 756 del Código de la Familia. Se DECLARA QUE ES INCONSTITUCIONAL la frase "de lo Civil" del artículo 756 del Código de la Familia.
31/05/1996 "El licenciado SAMUEL QUINTERO MARTÍNEZ, actuando en su propio nombre y representación interpuso, ante el Pleno de la Corte Suprema de Justicia, acción de inconstitucionalidad contra los numerales 3 y 4 del artículo 217 de la Ley N°3 del 17 de mayo de 1994, por medio de la cual se aprobó el Código de la Familia." DECLARA QUE SON INCONSTITUCIONALES las frases: "... que el marido debe dar a la mujer ... si ella no tiene sueldo o bienes bajo su propia administración y siempre que ella no viva públicamente con otro hombre" y "... a) a los hijos o hijas que no estén en poder del padre, y b) a la mujer, si ésta no estuviese separada voluntariamente del marido o no viviese públicamente con otro hombre", contenidas en los numerales 3 y 4 del artículo 217 del Código de la Familia. El texto de este artículo quedará así: "Artículo 217. Al admitirse la demanda de divorcio o antes, si hubiese urgencia, se tomarán provisionalmente por el Juez, y sólo mientras dure el juicio, las providencias siguientes: 1. Separar a los cónyuges, si no existe separación anterior a la demanda; 2. Poner a los hijos o hijas al cuidado de uno de los cónyuges o de los dos, o de otra persona, según proceda; 3. Señalar la suma para expensas de la litis; 4. Señalar alimentos; 5. Ordenar, en caso de que haya dudas de que la mujer pueda estar embarazada, los exámenes médicos y/o de laboratorio necesarios para determinar tal situación; y en caso de estar embarazada, las medidas necesarias para evitar la suposición del parto."
29/05/1996 DEMANDA DE INCONSTITUCIONALIDAD FORMULADA POR EL LICENCIADO JUAN CARLOS HENRÍQUEZ CANO EN REPRESENTACIÓN DE EYDER CASASOLA DOMINGO Y EN CONTRA DE LOS ARTÍCULOS 59, 105, 328, 330 Y 807 DE LA LEY N° 3 DEL 17 DE MAYO DE 1994 (CÓDIGO DE LA FAMILIA) DECLARA QUE NO SON INCONSTITUCIONALES, los artículos 59 y 330 de la Ley 3 de 1994 y que ES INCONSTITUCIONAL el artículo 105, la frase "prefiriendo a la madre si se hallaban en compañía de ambos" contenida en el artículo 328 de la Ley N° 3 de 1994 y la frase "e incluso decretar el impedimento de salida del país al obligado" contenida en el artículo 807 de la misma ley que aprobó el Código de la Familia.
24/05/1996 ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD FORMULADA POR LA LICENCIADA MARIBLANCA STAFF WILSON CONTRA LA FRASE "ABANDONASE" CONTENIDA EN EL ARTÍCULO 494 DEL CÓDIGO DE LA FAMILIA. DECLARA QUE ES INCONSTITUCIONAL la palabra "abandonase" contenida en el artículo 494 del Código de la Familia.
30/11/1995 DEMANDA DE INCONSTITUCIONALIDAD FORMULADA POR EL DR. LUIS ADAMES EN REPRESENTACIÓN DE RAFAEL MURGAS TORRAZA CONTRA LOS ARTÍCULOS 509 Y 716 DEL CÓDIGO DE LA FAMILIA. DECLARA QUE NO ES INCONSTITUCIONAL la frase "salvo lo preceptuado en el artículo 716 de este Código", contenida en el artículo 509 del Código de la Familia, y QUE ES INCONSTITUCIONAL la autorización para que los menores entre doce (12) y catorce (14) años puedan realizar labores domésticas, que contiene el artículo 716 de la misma excerta.
23/11/1995 DEMANDA DE INCONSTITUCIONALIDAD FORMULADA POR EL LICDO. LUIS CARLOS CEDEÑO EN CONTRA DEL ARTÍCULO 775 DEL CÓDIGO DE LA FAMILIA. DECLARA QUE SON INCONSTITUCIONALES las palabras "divorcio" y "previa" contenidas en el primer párrafo del artículo 775 del Código de la Familia, así como la parte final del primer párrafo "No podrá promoverse acción judicial en dichas cuestiones, sin que se presente la certificación de la mediación del Orientador y Conciliador de Familia", y la totalidad del segundo párrafo del citado artículo que señala: "En caso de renuencia de una de las partes de asistir ante el Orientador y Conciliador de familia, deberá certificarse esta situación para que la parte interesada pueda promover la acción judicial respectiva." Por consiguiente, el texto del artículo 775 del Código de la Familia quedará como sigue: "Artículo 775. En los casos sobre investigación de paternidad, guarda y crianza y régimen de comunicación y de visita, es obligatoria la intervención del Orientador y Conciliador de Familia."
12/05/1995 "La licenciada MARIBLANCA STAFF WILSON, en su propio nombre, presentó ante el Pleno de la Corte Suprema de Justicia demanda de inconstitucionalidad contra la frase "si con él se hace imposible la paz y el sosiego doméstico" contenida en el artículo 212, numeral 2 del Código de la Familia, y contra el numeral 10, ordinal 1 de ese mismo artículo." DECLARA QUE ES INCONSTITUCIONAL el artículo 212, numeral 10, ordinal 1, del Código de la Familia, y DECLARA QUE NO ES INCONSTITUCIONAL el artículo 212, numeral 2, del Código de la Familia.
REFERENCIAS
LEY 3
REFERENCIAS POSTERIORES
Norma N.º de norma Fecha de norma N.º de Gaceta Fecha de Gaceta Afectación Comentario
467 24/04/2025 30265 25/04/2025 MODIFICADO PARCIALMENTE POR La presente norma modifico el numeral 4 (Procesos de alimento) del artículo 751 y el artículo 771 (cooperación para cumplimiento de las disposiciones del Código) del Código de Familia.
285 15/02/2022 29477-C 15/02/2022 DEROGADO PARCIALMENTE POR La presente norma derogo el Libro Segundo, los Capitulos III y IV del Titulo I, las Secciones I y II del Capitulo I, y del Capitulo III del Titulo III y el Capitulo II del Titulo IV del Libro Tercero del Codigo de la Familia.
269 30/12/2021 29445-E 30/12/2021 MODIFICADO PARCIALMENTE POR La presente norma modifico los numerales 9 y 10 del articulo 212, 213 y 218 del Codigo de la Familia.
30 05/05/2015 27773-B 05/05/2015 DEROGADO Y MODIFICADO PARCIALMENTE POR MODIFICADO el numeral 1 del artículo 33, el numeral 1 del artículo 35, el numeral 1 del artículo 36 y el primer párrafo del artículo 54; y DEROGADOS los numerales 2 y 4 del artículo 36, el numeral 5 del artículo 45 y el literal "d" del artículo 51 del Código de la Familia, por Ley 30 de 5 de mayo de 2015.
46 17/07/2013 27332-A 17/07/2013 DEROGADO Y MODIFICADO PARCIALMENTE POR El Código de la Familia fue modificado en los artículos 342, 343, 343-B y 369, así como en el numeral 4 del artículo 752, y derogado en el artículo 343-A, por la ley 46 de 17 de julio de 2013.
42 07/08/2012 27095 08/08/2012 MODIFICADO, ADICIONADO Y DEROGADO PARCIALMENTE POR El Código de la Familia fue modificado en los artículos 277 y 546, el numeral 4 del artículo 751 y el numeral 9 del artículo 754; adicionado con el numeral 7 en el artículo 755; y derogado en el numeral 4 del artículo 217, los artículos 377 al 388 y los artículos 805 al 815, por la ley 42 de 7 de agosto de 2012.
61 12/08/2008 26107-A 19/08/2008 MODIFICADO, ADICIONADO Y DEROGADO PARCIALMENTE POR El Código de la Familia fue modificado en los Artículos 342, 343, 369, 403 y 496, así como el numeral 4 del Artículo 752; adicionado con los Artículos 343-A y 343-B; y derogado en el Título III del Libro Primero, por la Ley número 61 de 12 de agosto de 2008.
57 06/08/2008 26100 07/08/2008 MODIFICADO PARCIALMENTE POR El Artículo 51 del Código de la Familia fue modificado por la Ley número 57 de 6 de agosto de 2008.
31 25/07/2006 25599 31/07/2006 SUBROGADO PARCIALMENTE POR El Código de la Familia ha sido subrogado en el primer párrafo del artículo 37, por la Ley No. 31 de 25 de julio de 2006.
39 30/04/2003 24794 06/05/2003 MODIFICADO, ADICIONADO Y DEROGADO PARCIALMENTE POR La Ley 39 de 30 de abril de 2003, modifica los Artículos 240, 261, 269, 271 y 795; adiciona los Artículos 257 A, 257 B, 257 C a la Sección I, Capítulo III del Libro Primero, el punto 3, y los Artículos 815 A y 815 B a la Sección IV, Capítulo III, Título II del Libro Cuarto, y deroga el Artículo 262 del Código de la Familia (Ley 3 de 17 de mayo de 1994).
443 05/11/2001 24426 07/11/2001 DESARROLLADO PARCIALMENTE POR El Decreto Ejecutivo 443 de 5 de noviembre de 2001, desarrolla el artículo 491 de la Ley No. 3 de 1994.
23 01/06/2001 24316 05/06/2001 MODIFICADO PARCIALMENTE POR La Ley No. 23 de 1 de junio de 2001, modifica los artículos 37, 55 y 789 del Código de la Familia.
18 02/05/2001 24294 04/05/2001 MODIFICADO, ADICIONADO Y SUBROGADO PARCIALMENTE POR La presente norma, fue modificada en los artículos 290, 291, 293, 294, 295, 297, 301, 302, 307, 309, 310, 311, 313, el numeral 4 del 752, el numeral 10 del 754 y el artículo 788; subrogada en los artículos 305 y 306; y adicionada en los artículos 290 A, 290 B, 290 C, 290 D, 290 E, 290 F, 290 G, 290 H, 290 I, 293 A, 293 B, 296 A, 296 B, 296 C, 296 D, 296 E, 296 F, 296 G, 297 A, 297 B, 297 C, 297 D, 301 A, 301 B, 301 C, 303 A, 303 B, 303 C, 305 A, 305 B, 305 C, 305 D, 305 E, 305 F, 306 A, 306 B, 306 C, 306 D, 306 E, 306 F, 306 G, 306 H, 306 I, 309 A, 309 B, 309 C, 309 D, 309 E, 309 F, 309 G, 315 A, 315 B, 315 C y 315 D. Se crearon la Sección I del Capítulo I, la Sección I del Capítulo III; las secciones I, II, III y IV del Capítulo IV y la Sección I del Capítulo V y se cambió la denominación al Capítulo III y al Capítulo IV; mediante la ley 18 de 2 de mayo de 2001.
49 24/10/1999 23914 24/10/1999 DEROGADO PARCIALMENTE POR Mediante la presente Ley, se deroga, el numeral 11 artículo 752, numeral 12 artículo 754, artículo 755-A, del Código de la Familia.
40 26/08/1999 23874 28/08/1999 DEROGADO Y MODIFICADO PARCIALMENTE POR La Ley No. 40 de 26 de agosto de 1999, modifica los artículos 522 al 531 del Título VIII, los artículos 532 al 552 del Título IX y los artículos 555 al 557 del Título X, correspondientes al Libro II; los artículos 677 al 690 del Título III, correspondientes al Libro III; y los artículos 817 y 818 del Título II del Libro IV, en lo que no son aplicables a las personas menores de edad que han cumplido catorce años; modifica los artículos 747, 748, 754, 755 y 756 del Título I y el artículo 762 del Título II del Libro IV, así como cualquier otro relativo a la denominación de la jurisdicción y tribunales, y deroga los artículos 681 y 683 del Título III, Libro III, todos del Código de la Familia.
32 23/07/1999 23848 26/07/1999 ADICIONADO PARCIALMENTE POR La Ley No. 32 de 23 de julio de 1999, adiciona el numeral 11 al Artículo 752, el numeral 12 al Artículo 754 y el Artículo 755-A al referido Código.
S/N 25/01/1999 23904 11/10/1999 DECLARADO PARCIALMENTE INCONSTITUCIONAL POR El Fallo de 25 de enero de 1999, declara que es inconstitucional, la frase "de lo Civil" del Artículo 756 de este Código.
42 19/11/1997 23424 24/11/1997 MODIFICADO PARCIALMENTE POR El Artículo 728 del Código de la Familia, fue modificado por la Ley número 42 de 18 de noviembre de 1997.
S/N 31/05/1996 23103 19/08/1996 DECLARADO PARCIALMENTE INCONSTITUCIONAL POR El Fallo de 31 de mayo de 1996, declara que son inconstitucionales las frases: "...que el marido debe dar a la mujer...si ella no tiene sueldo o bienes bajo su propia administración y siempre que ella no viva públicamente con otro hombre" y "...a) a los hijos o hijas que no estén en poder del padre, y b) a la mujer, si ésta no estuviese separada voluntariamente del marido o no viviese públicamente con otro hombre", contenidas en los numerales 3 y 4 del artículo 217 del Código de la Familia.
S/N* 29/05/1996 23063 21/06/1996 DECLARADO PARCIALMENTE INCONSTITUCIONAL POR El Fallo de 29 de mayo de 1996, declara que es inconstitucional, el artículo 105, la frase "prefiriendo a la madre si se hallaban en compañía de ambos" contenida en el artículo 328, y la frase "e incluso decretar el impedimento de salida del país del obligado" contenida en el artículo 807, todos del Código de la Familia.
S/N 24/05/1996 23063 21/06/1996 DECLARADO PARCIALMENTE INCONSTITUCIONAL POR El Fallo de 24 de mayo de 1996, declara inconstitucional la frase "abandonase" contenida en el artículo 494 del Código de la Familia.
S/N-2 30/11/1995 22998 21/03/1996 DECLARADO PARCIALMENTE INCONSTITUCIONAL POR La autorización para que los menores entre doce (12) y catorce (14) años pudieran realizar 'labores domésticas', contenida en el Artículo 716 del Código de la Familia, fue declarada inconstitucional mediante el fallo de 30 de noviembre de 1995.
S/N-2 23/11/1995 22999 22/03/1996 DECLARADO PARCIALMENTE INCONSTITUCIONAL POR La Corte Suprema de Justicia declara que son inconstitucionales las palabras "divorcio" y "previa" contenidas en el primer párrafo del artículo 775 del Código de la Familia, así como la parte final del primer párrafo que dice: "No podrá promoverse acción judicial en dichas cuestiones, sin que se presente la certificación de la mediación del Orientador y Conciliador de Familia"; y la totalidad del segundo párrafo del citado artículo que dice "En caso de renuencia de una de las partes de asistir ante el Orientador y Conciliador de familia, deberá certificarse esta situación para que la parte interesada pueda promover la acción judicial respectiva", mediante fallo de 23 de noviembre de 1995.
S/N 12/05/1995 22845 10/08/1995 DECLARADO PARCIALMENTE INCONSTITUCIONAL POR El ordinal 1 del numeral 10 del Artículo 212 del Código de la Familia fue declarado inconstitucional mediante el fallo de 12 de mayo de 1995.
47 21/03/1995 22759 07/04/1995 REGLAMENTADO PARCIALMENTE POR El Artículo 38 del Código de la Familia, fue reglamentado por el Decreto Ejecutivo número 47 de 21 de marzo de 1995.
4 20/01/1995 22710 25/01/1995 MODIFICADO PARCIALMENTE POR Los Artículos 485, 564, 565, 577 y 578 del Código de la Familia fueron modificados por la Ley número 4 de 20 de enero de 1995.
12 25/07/1994 22591 01/08/1994 MODIFICADO PARCIALMENTE POR El Artículo 839 del Código de la Familia fue modificado por la Ley número 12 de 25 de julio de 1994.