DATOS GENERALES
Gaceta N°: 20199
Fecha de la Gaceta: 06/12/1984
Norma: LEY
Número de norma: 29
Fecha de la norma: 25/10/1984
Autoridad: CONSEJO NACIONAL DE LEGISLACION
Vigencia: 1 DE ABRIL DE 1987
GACETA
Pdf de la gaceta
5.51 MB
Título: POR LA CUAL SE ADOPTA EL CODIGO JUDICIAL.
Comentario:

Por medio de la aludida Ley, se adoptó el Código Judicial de la República de Panamá. El Código Judicial está dividido en cuatro libros: el Libro Primero trata de la organización judicial (la administración de justicia, los cargos judiciales, las atribuciones de los distintos órganos jurisdiccionales, los deberes y responsabilidades de magistrados y jueces, la jurisdicción y competencia, la carrera judicial, el Ministerio Público, el Instituto de Defensoría de Oficio, y la ética judicial); el Libro Segundo se refiere al procedimiento civil (actuación, medidas cautelares, sujetos del proceso, objeto del proceso, saneamiento incidencias, pruebas, resoluciones judiciales, expensas y costas, medios excepcionales de terminación del proceso, medios de impugnación y consulta, y procesos civiles); el Libro Tercero, sobre procedimiento penal (acción penal, sumario, plenario, juicios con intervención de jurado, penas, sentencias, medios de impugnación, y procesos especiales); y, el Libro Cuarto se refiere a las instituciones de garantía. Notas: 1) Las disposiciones modificadas, adicionadas y derogadas del Código Judicial que se señalan en la tabla de afectaciones, desde la Ley número 1 de 5 de mayo de 1988 hasta la Ley número 38 de 10 de julio de 2001, corresponden a las del Texto Único adoptado mediante la Resolución de 30 de mayo de 1986 y publicado por disposición expresa del Artículo 2 de la Ley número 18 de 1986, en el número 20,756 de la Gaceta Oficial de 10 de marzo de 1987; y desde la Ley número 59 de 5 de diciembre de 2001 en adelante, corresponden a las del Texto Único adoptado mediante la Resolución número 1 de 30 de agosto de 2001 y publicado por disposición expresa del Artículo 108 de la Ley número 23 de 2001, en el número 24,384 de la Gaceta Oficial de 10 de septiembre de 2001. 2) La voz "Constitución" contenida en el inciso final del Artículo 1154 del Código Judicial, fue declarada inconstitucional mediante sentencia de 26 de julio de 1989. 3) Las frases "el respectivo superior o" y "pero en el primer caso tendrá recursos de apelación, si su cuantía se lo permite", contenidas en el Artículo 200 del Código Judicial, fueron declaradas inconstitucionales mediante sentencia de 12 de agosto de 1994. De acuerdo con el artículo 556, modificado por la ley 48 de 1 de septiembre de 2009, las disposiciones contenidas en el Libro Tercero de este Código mantendrán su vigencia según las siguientes reglas de aplicación espacial del Código de Procedimiento Penal: 1) desde el 1 de septiembre de 2011, se aplicará únicamente a los hechos que ocurran dentro del Segundo Distrito Judicial y en sus respectivos circuitos judiciales; 2) desde el 2 de septiembre de 2012, se aplicará a los hechos que ocurran dentro del Cuarto Distrito Judicial y en sus respectivos circuitos judiciales; 3) desde el 2 de septiembre de 2013, se aplicará a los hechos que ocurran dentro del Tercer Distrito Judicial y en sus respectivos circuitos judiciales; 4) desde el 2 de septiembre de 2014, se aplicará a los hechos que ocurran dentro del Primer Distrito Judicial y en sus respectivos circuitos judiciales; y, 5) desde el 2 de septiembre de 2011, se aplicará a los procesos que sean de competencia de la Corte Suprema de Justicia, en Pleno y en Sala Penal, como Tribunal de única instancia, y de la Asamblea Nacional. TEMAS RELACIONADOS: LEY, MEDIDAS CAUTELARES, MINISTERIO PUBLICO, PROCESO CIVIL, PROCESO PENAL, PROCURADURIA DE LA ADMINISTRACION, PROCURADURIA GENERAL DE LA NACION, FISCALIAS, ADMINISTRACION DE JUSTICIA, CODIGO JUDICIAL, CODIGOS, CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, FISCAL DELEGADO, FISCALIA AUXILIAR DE LA REPUBLICA, AUTO DE ENJUICIAMIENTO, CONSEJO JUDICIAL, ETICA JUDICIAL

TEMAS EN LA NORMA
.
ADMINISTRACION DE JUSTICIA
AUTO DE ENJUICIAMIENTO
CODIGO JUDICIAL
CODIGOS
CONSEJO JUDICIAL
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
ETICA JUDICIAL
FISCAL DELEGADO
FISCALIA AUXILIAR DE LA REPUBLICA
FISCALIAS
LEY
MEDIDAS CAUTELARES
MINISTERIO PUBLICO
PROCESO CIVIL
PROCESO PENAL
PROCURADURIA DE LA ADMINISTRACION
PROCURADURIA GENERAL DE LA NACION
JURISPRUDENCIA CONSTITUCIONAL
Fecha del fallo Título del fallo Decisión del fallo
31/03/2015 POR EL CUAL SE DECLARA QUE NO ES INCONSTITUCIONAL EL ARTÍCULO 1421-C DEL CÓDIGO JUDICIAL, ADICIONADO MEDIANTE LEY NO. 32 DE 2006, Y DECLARA INCONSTITUCIONAL EL ARTÍCULO 1421-J DEL CÓDIGO JUDICIAL, ADICIONADO MEDIANTE LA MISMA EXCERTA LEGAL, CUYA VIGENCIA FUE RESTAURADA MEDIANTE LEY NO. 38 DE 26 DE JUNIO DE 2008. DECLARA QUE NO ES INCONSTITUCIONAL el artículo 1421-C del Código Judicial, adicionado mediante Ley 32 de 2006, y DECLARA INCONSTITUCIONAL el artículo 1421-J del Código Judicial, adicionado mediante la misma excerta legal, cuya vigencia fue restaurada mediante Ley 38 de 26 de junio de 2008.
08/01/2015 POR EL CUAL SE DECLARA QUE ES INCONSTITUCIONAL, EL ARTÍCULO 73 DEL CÓDIGO JUDICIAL, TODA VEZ QUE VULNERA EL ARTÍCULO 203 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DECLARA QUE ES INCONSTITUCIONAL el artículo 73 del Código Judicial.
25/01/2011 En estado de resolver se encuentran cuatro (4) acciones de Inconstitucionalidad presentadas de la siguiente manera: 1. La primera fue formulada el 2 de noviembre de 1999, por el licenciado Carlos Eugenio Carrillo en nombre y representación de Miguel Bush Ríos. 2. La segunda fue incoada el 18 de junio de 2000, por el licenciado Jorge Zuñiga Sánchez, actuando en su propio nombre y representación. 3.La tercera fue interpuesta el 28 de junio de 2000, por el licenciado Nelson Rojas Avila, también en su propio nombre y representación. 4.La cuarta fue formulada el 17 de abril de 2001, por el licenciado Mario Velásquez Chizmar, en su propio nombre y representación. DECLARA QUE SON INCONSTITUCIONALES los artículos 1, 2, 3, 8, 15, 28, 29 (transitorio), 30 (transitorio), 31 (transitorio) y 32 (solo en lo que se refiere a la derogatoria de la Ley 32 de 23 de julio de 1999, la modificación de los artículos 71, 73, el numeral 1 del artículo 2602, todos del Código Judicial, y el restablecimiento de la vigencia del artículo 91 del Código Judicial), de la Ley 49 de 24 de octubre de 1999; y DECLARA SUSTRACCIÓN DE MATERIA en la acción de inconstitucionalidad contra el artículo 5 de la Ley 49 de 24 de octubre de 1999.
11/03/2009 Demanda de Inconstitucionalidad presentada por el Licenciado José Javier Rivera contra el artículo 1957-A del Código Judicial. La Corte Suprema de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara que no es inconstitucional, el párrafo tercero del artículo 1957-A del Código Judicial, el cual establece: "Así mismo cuando en el ejercicio de las atribuciones que les son propias, la Comisión Nacional de Valores tenga conocimiento de hechos y circunstancias que pudieran configurar alguno de los delitos financieros señalados en este artículo, adelantará las investigaciones y las medidas de protección pertinentes y remitirá el expediente incoado al Ministerio Público en un término no mayor de dos meses".
15/05/2007 Demanda de Inconstitucionalidad presentada por el Lcdo. Leonardo Fabio Bonadis Mora, contra el artículo 2618 del Código Judicial. DECLARA QUE NO ES INCONSTITUCIONAL el artículo 2618 del Código Judicial.
04/08/2006 Demanda de Inconstitucionalidad presentada por el Doctor Julio E. Berríos Herrera contra el artículo 1718 del Código Judicial. DECLARA QUE NO ES INCONSTITUCIONAL el artículo 1718 del Código Judicial.
15/03/2006 Demanda de Inconstitucionalidad presentada por el Licenciado Leonardo Fabio Bonadies Mora, contra la frase: Por medio de apoderado legal del artículo 2559 del Código Judicial. DECLARA QUE NO ES INCONSTITUCIONAL la frase «por medio de apoderado legal», contenida en el artículo 2559 del Código Judicial.
20/07/2004 Advertencia de Inconstitucionalidad presentada por la Firma Pitty y Asociados, en representación de Carlos Duque Jaén, contra el numeral 1° del artículo 1814 del Código Judicial. DECLARA INCONSTITUCIONAL el artículo 1814 del Código Judicial.
07/07/2003 Demanda de Inconstitucionalidad formulada por el Lcdo. Martín Molina R. contra la frase: (Si este domicilio no hubiere sido expresamente establecido con arreglo a la Ley, se tendrá por tal, el del marido), contenida en el artículo 259 del Código Judicial. DECLARA QUE NO ES INCONSTITUCIONAL la frase "Si este domicilio no hubiere sido expresamente establecido con arreglo a la ley, se tendrá por tal el del marido", contenida en el artículo 259 del Código Judicial.
14/05/2002 La firma Barrancos & Asociados, actuando en nombre y representación de EDILBERTO ATENCIO ALVAREZ, ha presentado demanda de inconstitucionalidad contra la frase "en cuyo caso el término comenzará a correr sin necesidad de providencia, al día siguientes de la presentación del recurso de apelación", contenida en el numeral 1 del artículo 1137 del Código Judicial. DECLARA QUE NO ES INCONSTITUCIONAL la frase "en cuyo caso el término comenzará a correr sin necesidad de providencia, al día siguiente de la presentación del recurso de apelación", contenida en el numeral 1 del artículo 1137 del Código Judicial.
10/05/2002 Acción de Inconstitucionalidad presentada por el Licenciado martín Molina contra la frase "Por nacimiento", o por adopción con más de cinco (5) años de residencia continua en el país", contenida en el artículo 169 del Código Judicial. DECLARA QUE ES INCONSTITUCIONAL la frase "por nacimiento", o por adopción con más de cinco (5) años de residencia continua en el país" contemplada en el artículo 169 del Código Judicial.
03/05/2002 Demanda de Inconstitucionalidad presentada por el Licdo. Pedro Moreno González, contra la frase "siempre que se trate de delincuente primario" del art. 2395 del Código Judicial, subrogado por el artículo 70 de la Ley 3 de 1991, publicado en la Gaceta Oficial N° 21,710 de 23 de enero de 1991. DECLARA QUE NO ES INCONSTITUCIONAL la frase "que se trate de delincuente primario", prevista en el artículo 2395 del Código Judicial (antes 2398).
01/08/2000 Demanda de Inconstitucionalidad formulada por el Licdo. ROGELIO CRUZ RIOS, contra el artículo 2508-A del Código Judicial, introducido por el artículo 25 de la Ley 31 de 28 de mayo de 1998, publicada en la Gaceta Oficial N°.23,553 de 29 de mayo de 1998." DECLARA QUE ES INCONSTITUCIONAL la palabra «expatriado» contenida en el último párrafo del artículo 2508-A del Código Judicial, y DECLARA CONSTITUCIONAL el resto del artículo.
06/07/2000 Demanda de Inconstitucionalidad formulada por la Licenciada Fátima de la Guardia contra la frase "haber cumplido treinta años de edad" contenida en los artículos 84, 122, 152 de la Ley 29 de 25 de octubre de 1984, mediante el cual se aprobó el Código Judicial. DECLARA QUE NO ES INCONSTITUCIONAL la frase «haber cumplido treinta años de edad», contenida en los artículos 84, 122 y 152 del Código Judicial.
18/01/2000 Demanda de Inconstitucionalidad propuesta en su propio nombre por el Licenciado Diener Vinda, contra la frase "sin oir al demandado" contenida en el articulo 1952 del Código Judicial. DECLARA QUE ES INCONSTITUCIONAL la frase "sin oír al demandado", contenida en el artículo 1952 del Código Judicial.
04/09/1997 Demanda de Inconstitucionalidad formulada por la Firma Forense Barrancos Asociados, en representacion de Natasha Sucre, contra la frase "... acompañada del certificado de paz y salvo del inmueble, del cual bastará con que quede en el expediente constancia de su presentación, el numero de certificado y la fecha sin necesidad de que el documento sea agregado al mismo", contenida en el articulo 1392, numeral 1 de la Ley 29 de 25 de octubre de 1984. DECLARA que no es inconstitucional el artículo 1392, numeral 1 de la Ley 29 de 25 de octubre de 1984 (Código Judicial), por cuanto no contraría principios fundamentales contenidos en la Carta Magna.
22/08/1994 "El licenciado DIÓGENES ANIBAL AROSEMENA GRIMALDO,en su propio nombre, ha demandado al Pleno de la Corte Suprema de Justicia que declare inconstitucional el artículo 331 del Código Judicial de la República de Panamá, por ser violatorio de los principios consagrados en los artículos 208 y 220 de la Constitución Política vigente." DECLARA, QUE ES INCONSTITUCIONAL la parte final del artículo 331 del Código Judicial, que preceptúa: "El del Fiscal Auxiliar de la República, del Fiscal Delegado de la Procuraduría de General de la Nación, y el de los Fiscales Superiores de Distrito Judicial de seis años; el de los Fiscales de Circuito de cuatro años y el de los Personeros Municipales de tres, pero sujeto a las disposiciones de la Carrera Judicial".
11/07/1994 "En resolución fechada 9 de noviembre de 1993, corregida posteriormente mediante resolución de 30 de noviembre de 1993, el Magistrado NODIER JARAMILLO del Primer Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial de Panamá, ha elevado al Pleno de esta Máxima Corporación de Justicia Consulta de Constitucionalidad en relación a la expresión "Consejo Judicial" contenida en los artículos 444, 445, 447, 448, 450, 451, 452, 453, 454, y 455 del Código Judicial." DECLARA INCONSTITUCIONAL la frase "Consejo Judicial" contenida en los artículos 444, 445, 447, 448, 450, 451, 452, 453, 454, y 455 del Código Judicial.
03/01/1994 "El licenciado Rodrigo Anguizola Sagel ha presentado acción pública de inconstitucionalidad contra el artículo 2433 del Código Judicial, que se refiere a la obtención de las copias necesarias para surtir el recurso de hecho." DECLARA QUE ES INCONSTITUCIONAL la frase: "En caso de serlo otra persona se mandarán a dar a su costo", contenida en el artículo 2433 del Código Judicial.
03/05/1993 "El Honorable Magistrado Arturo Hoyos ha elevado consulta al Pleno de la Corte Suprema de Justicia sobre la constitucionalidad de los artículos 441 y 449 del Código Judicial, en su calidad de ponente en el proceso disciplinario por falta a la ética judicial propuesto ante el Consejo Judicial, por el licenciado Luis Guillermo Zúñiga, contra el Honorable Magistrado Presidente de la Corte Suprema de Justicia, doctor Carlos Lucas López." DECLARA QUE SON INCONSTITUCIONALES los artículos 441 y 449 del Código Judicial.
30/04/1991 "La sociedad anónima El SIGLO (diario El Siglo), mediante poder conferido al licenciado JAIME ANDRÉS PADILLA GONZÁLEZ, ha demandado el 28 de abril de 1987 la inconstitucionalidad del artículo 2099A adicionado al Código Judicial por el artículo 17 de la Ley 23, de 30 de diciembre de 1986, publicada en la Gaceta Oficial No. 20.710 de la misma fecha." DECLARA QUE ES INCONSTITUCIONAL la frase del artículo 2099-A, adicionado al Código Judicial mediante Ley 23 de 30 de diciembre de 1986, que dice: “hasta tanto exista sentencia ejecutoriada en su contra”.
30/04/1991 La Junta de Conciliación y Decisión 5 , mediante resolución dictada a tal efecto, elevó al Pleno de esta Corporación de Justicia, consulta de inconstitucionalidad del inciso final del artículo 74 del Código Judicial, en el proceso laboral que le sigue Gisela Lam Lamela a Consorcio para el Desarrollo Folk River S,A (COFRISA). Declara que no es inconstitucional el inciso final del artículo 74 del Código de Trabajo.
11/01/1991 "El Licenciado RAFAEL MURGAS TORRAZA, en ejercicio de la acción pública que consagra el artículo 203 de la Constitución, presentó ante el Pleno de la Corte Suprema de Justicia demanda de inconstitucionalidad contra determinadas frases del numeral 1o. del artículo 2508 del Código Judicial." DECLARA INCONSTITUCIONALES las frases del numeral 1 del artículo 2508 del Código Judicial que dicen: "de nacimiento o naturalizado panameño" y "antes de la comisión del hecho en que se funda la demanda de extradición".
06/09/1990 "El licenciado MARCO ANTONIO HERRERA MON, actuando en su propio nombre y en ejercicio de la acción popular consagrada en el numeral 1o. del Artículo 203 de la Constitución Nacional de la República, interpuso demanda de inconstitucionalidad contra el último párrafo del artículo 2387 del Código Judicial." DECLARA QUE SON INCONSTITUCIONALES los párrafos del artículo 2387 del Código Judicial siguientes: "...; pero, si encuentra que el imputado debe responder por delito distinto del que se le imputa en el auto de proceder, declarará cuál es ese delito. Si éste fuere de la misma especie del que ha dado lugar al proceso, el tribunal dictará sentencia de acuerdo con el veredicto del jurado. En este caso, se entiende prorrogada la competencia. Cuando se trate de delito de distinta especie, el tribunal declarará terminada la causa y sin decretar la libertad del imputado, lo pondrá a disposición del respectivo agente del Ministerio Público, el cual enviará el proceso y el veredicto del jurado, a fin de que promueva lo conducente para que proceda por dicho delito".
REFERENCIAS
LEY 29
REFERENCIAS POSTERIORES
Norma N.º de norma Fecha de norma N.º de Gaceta Fecha de Gaceta Afectación Comentario
467 24/04/2025 30265 25/04/2025 MODIFICADO PARCIALMENTE POR La presente norma modifico el numeral 1 del literal b (procesos de cuantía de 1,000 a 10,000) del artículo 174 y el artículo 175 (Competencia de los jueces comunitarios) de la Ley 29 de 25 de octubre de 1984.
415 22/11/2023 29915-A 22/11/2023 MODIFICADO PARCIALMENTE POR La presente norma modifico los artículos 1652, 1657, 1743 y 1744 del Código Judicial.
402 09/10/2023 29887-A 11/10/2023 DEROGADO Y SUBROGADO PARCIALMENTE POR La presente norma subrogo los artículos 92, 93, 159, 160, 174, 203, 204, 205, 206, 207, 208, 209, 210, 211, 212, 213, 218, 219, 220, 221, 222, 223, 224, 225, 227, 228, 229, 230, 231, 232, 233, 234, 235, 236, 237, 238, 239, 240, 241, 242, 243, 244, 245, 246, 247, 248, 249, 250, 251, 252, 253, 254, 255, 256, 257, 258, 259, 260, 261, 262, 263, 264, 265 y 266 del Libro Primero del Código Judicial (Organización Judicial). Y derogo el Libro Segundo el Código Judicial. (Procedimiento Civil)
268 30/12/2021 29445-E 30/12/2021 MODIFICADO PARCIALMENTE POR La presente norma modifico los articulos 413 y 1446 del Codigo Judicial.
258 26/11/2021 29424-C 26/11/2021 RESTABLECIDA LA VIGENCIA PARCIALMENTE POR La presente norma restablecio la vigencia del literal b, numeral 2 articulo 86 del Codigo Judicial.
119 10/12/2019 28917-B 10/12/2019 RESTABLECIDA SU VIGENCIA POR Se restableció la vigencia del artículo 569 del presente Código por la Ley N° 119 de 10 de diciembre de 2019.
4 17/02/2017 28221-B 17/02/2017 DEROGADO Y MODIFICADO PARCIALMENTE POR Se modificaron los artículos 77 y 656, y se derogo el artículo 779 del Código Judicial por la Ley N° 4 de 17 de febrero de 2017.
12 19/05/2016 28036-B 23/05/2016 DEROGADO Y MODIFICADO PARCIALMENTE POR Se MODIFICA el numeral 4 del artículo 750, la denominación del Título XV del Libro Segundo, el artículo 1791, el primer párrafo de los artículos 1794 y 1795, el tercer párrafo de los artículos 1801 y 1830; y se DEROGA el numeral 10 del artículo 159, el artículo 739, el numeral 3 del artículo 1787, el artículo 1790 y el Capítulo XII (artículos 1888, 1889, 1890, 1891 y 1892) del Título XV del Libro Segundo, todos del Código Judicial, por medio de la Ley 12 de 19 de mayo de 2016.
75 18/12/2015 27931-B 18/12/2015 MODIFICADO Y ADICIONADO POR Modifica el segundo párrafo del artículo 203, los artículos 495, 511, 530, 620, 625, 765, 812 y 988, el último párrafo del artículo 989, el artículo 1002 y el numeral 3 del artículo 1939 y adiciona un párrafo final a los artículos 183, 187, 478 y 1001 del Código Judicial y
76 18/12/2015 27931-B 18/12/2015 ADICIONADO Y MODIFICADO PARCIALMENTE POR Se modifico los artículos 166, 518 y 1267 y se adicionaron los artículos 147-A, 147-B, 147-C, 147-D, 147-E, 147-F, 147-G, 147-H, 147-I, 147-J, 147-K, 147-M, 147-N, 147-Ñ, 147-O, 147-P, 147-Q y 147-R, al Libro Primero, para que sea el Titulo V y se corre la numeración, del Código Judicial por la Ley N° 76 de 18 de diciembre de 2015.
53 27/08/2015 27856-A 28/08/2015 DEROGADO O SUBROGADO PARCIALMENTE POR A la presente norma se le subrogan los artículos 21, 22, 23, 24, 25, 26, 46, 54, 55, 57, 60, 61, 63 y 191 en lo concerniente al Órgano Judicial, y se derogan el primer párrafo del artículo 7 y los artículos 9, 10, 13, 15, 18, 20, 27, 28, 29, 30, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 43, 44, 47, 48, 49, 50, 51, 53, 79, 120, 156, 172, 184, 185, 196, 199, 200, 214, 226, el último párrafo del artículo 267, el Título XII del Libro Primero, y los artículos 302, 307, 308, 315, 316, 317, 421, 432, 438, 439, 440, 441, 442, 443, 444, 445, 447, 448, 449, 450, 451, 452, 453, 454, 455, 456, 457, 458, 459 y 460 todos del Código Judicial, por la Ley 53 de 27 de agosto de 2015.
S/N 31/03/2015 27821-B 10/07/2015 DECLARADO PARCIALMENTE INCONSTITUCIONAL POR Se DECLARA INCONSTITUCIONAL, mediante Sentencia de 31 de marzo de 2015, el artículo 1421-J del Código Judicial, adicionado mediante Ley 32 de 1 de agosto de 2006, cuya vigencia fue restaurada mediante Ley 38 de 26 de junio de 2008.
S/N 08/01/2015 27806 19/06/2015 DECLARADO PARCIALMENTE INCONSTITUCIONAL POR Se declara inconstitucional el artículo 73 del Código Judicial mediante Fallo de 8 de enero de 2015.
S/N 12/03/2014 27615-A 05/09/2014 DECLARADO PARCIALMENTE INCONSTITUCIONAL POR Se DECLARA QUE ES INCONSTITUCIONAL el ordinal 6 del artículo 100 del Código Judicial, por medio de la Sentencia de 12 de marzo de 2014.
121 31/12/2013 27446-B 03/01/2014 MODIFICADO PARCIALMENTE POR Se MODIFICA el numeral 1 del artículo 2316 del Código Judicial por la Ley 121 de 31 de diciembre de 2013.
109 25/11/2013 27421 25/11/2013 ADICIONADO PARCIALMENTE POR Es adicionado el artículo 2050-A al Código Judicial.
108 21/11/2013 27420 22/11/2013 MODIFICADO PARCIALMENTE POR Es modificado el primer párrafo del artículo 1965 y el numeral 2 del artículo 2173 del Código Judicial.
77 22/10/2013 27403-A 25/10/2013 MODIFICADO PARCIALMENTE POR Se modificó el artículo 2146 del Código Judicial.
47 06/08/2013 27346-C 06/08/2013 ADICIONADO PARCIALMENTE POR El Código Judicial fue adicionado con el numeral 21 en el artículo 100 por la ley 47 de 6 de agosto de 2013.
36 24/05/2013 27295 27/05/2013 MODIFICADO PARCIALMENTE POR Se MODIFICA el artículo 2033 del Código Judicial por medio de la Ley 36 de 24 de mayo de 2013.
35 23/05/2013 27295 27/05/2013 MODIFICADO PARCIALMENTE POR La presente Ley modificó los artículos 1968-B y 1968-C y el numeral 5 del artículo 2575 del Código Judicial.
19 26/03/2013 27254 27/03/2013 DEROGADO PARCIALMENTE POR Se DEROGA el artículo 569 del Código Judicial por medio de la Ley 19 de 26 de marzo de 2013.
42 07/08/2012 27095 08/08/2012 DEROGADO PARCIALMENTE POR El artículo 1337 del Código Judicial fue derogado por la ley 42 de 7 de agosto de 2012.
79 09/11/2011 26912 15/11/2011 ADICIONADO Y MODIFICADO PARCIALMENTE POR El Código Judicial fue adicionado con los artículos 1956, 2530, 2532 y 2533 por la ley 79 de 9 de noviembre de 2011.
S/N 25/01/2011 26821 05/07/2011 DECLARADO PARCIALMENTE INCONSTITUCIONAL POR Se DECLARA QUE SON INCONSTITUCIONALES la modificación de los artículos 71 y 73 y el numeral 1 del artículo 2602 del Código Judicial, introducida, respectivamente, por los artículos 2, 3 y 15 de la Ley 49 de 24 de octubre de 1999; así como el restablecimiento de la vigencia del artículo 91 del Código Judicial, introducida por el artículo 8 de la mencionada Ley 49 de 24 de octubre de 1999, mediante fallo de 25 de enero de 2011.
74 29/10/2010 26654-A 01/11/2010 MODIFICADO PARCIALMENTE POR El artículo 2046-A del Código Judicial fue modificado por la ley 74 de 29 de octubre de 2010.
58 06/10/2010 26637-A 07/10/2010 MODIFICADO PARCIALMENTE POR Los artículos 13, 38, 51, 120, 156, 172 y 275 del Código Judicial fueron modificados por la ley 58 de 6 de octubre de 2010.
32 22/06/2010 26561-A 23/06/2010 ADICIONADO Y MODIFICADO PARCIALMENTE POR El texto único del Código Judicial, adoptado mediante la resolución 1 de 30 de agosto de 2001, fue modificado en el artículo 2112 y adicionado con los artículos 2112-A, 2112-B, 2112-C y 2113-A, por la ley 32 de 22 de junio de 2010.
30 16/06/2010 26556-A 16/06/2010 ADICIONADO PARCIALMENTE POR El texto único del Código Judicial, adoptado mediante la resolución 1 de 30 de agosto de 2001, fue adicionado con el artículo 2046-A por la ley 30 de 16 de junio de 2010.
7 12/03/2010 26488-A 12/03/2010 MODIFICADO PARCIALMENTE POR El artículo 27 del Código Judicial fue modificado por la ley 7 de 12 de marzo de 2010.
80 31/12/2009 26438-B 31/12/2009 MODIFICADO PARCIALMENTE POR Los artículos 1437, 1440 y 1477 del Código Judicial fueron modificados por la ley 80 de 31 de diciembre de 2009.
68 02/11/2009 26401-B 02/11/2009 ADICIONADO Y MODIFICADO PARCIALMENTE POR La Ley 68 de 2 de noviembre de 2009, modifica los artículos 2316, 2412 y adiciona los artículos 2044-A, 2129-A y 2172-A al Código Judicial (Ley 29 de 25 de octubre de 1984).
67 30/10/2009 26401-B 02/11/2009 MODIFICADO PARCIALMENTE POR La Ley 67 de 30 de octubre de 2009, modifica los artículos 556, 570, 1337, 1451, 1703, 1723, 2156 y 2162 del Código Judicial (Ley 29 de 25 de octubre de 1984).
62 23/10/2009 26396-B 26/10/2009 MODIFICADO PARCIALMENTE POR El numeral 11 del artículo 87 del Código Judicial fue modificado por la ley 62 de 23 de octubre de 2009.
54 28/09/2009 26377-B 28/09/2009 MODIFICADO PARCIALMENTE POR La Ley 54 de 28 de septiembre de 2009, modifica el artículo 74 del Código Judicial (Ley 29 de 25 de octubre de 1984).
5 14/01/2009 26202-A 15/01/2009 MODIFICADO PARCIALMENTE POR La Ley 5 de 14 de enero de 2009, modifica el primer párrafo del Artículo 175 del Código Judicial (Ley 29 de 25 de octubre de 1984).
1 06/01/2009 26200 13/01/2009 DEROGADO Y SUBROGADO PARCIALMENTE POR Se DEROGA los artículos 345 y 405, y se SUBROGA el Título XII, Libro Primero, del Código Judicial por la Ley 1 de 6 de enero de 2009, en lo que concierne al Ministerio Público en las materias que estén contempladas en esta ley.
63 28/08/2008 26114 29/08/2008 DEROGADO PARCIALMENTE POR La Ley 63 de 28 de agosto de 2008 (Código Procesal Penal), deroga el Libro Tercero del Código judicial, adoptado por la Ley 29 de 25 de octubre de 1984.
S/N 28/08/2008 26114 29/08/2008 DEROGADO PARCIALMENTE POR La Ley 63 de 28 de agosto de 2008 (Código Procesal Penal), deroga el Libro Tercero del Código judicial, adoptado por la Ley 29 de 25 de octubre de 1984.
51 22/07/2008 26090 24/07/2008 MODIFICADO PARCIALMENTE POR El segundo párrafo del Artículo 873 del Código Judicial, fue modificado por la Ley número 51 de 22 de julio de 2008.
38 26/06/2008 26072 30/06/2008 RESTITUIDA SU VIGENCIA PARCIALMENTE POR La vigencia del Artículo 1421-J del Código Judicial, fue restituída por la Ley número 38 de 26 de junio de 2008.
27 21/05/2008 26045 22/05/2008 MODIFICADO, ADICIONADO Y DEROGADO PARCIALMENTE POR El Código Judicial fue modificado en el numeral 13 del Artículo 159, el acápite A del Artículo 174, los Artículos 1881, 2140 y 2173, el último párrafo del Artículo 2264 y el Artículo 2416; adicionado con los Artículos 1968-A, 1968-B, 1968-C, 1968-D, 1968-E, 1968-F y 1968-G, así como un párrafo final en el Artículo 2281; y derogado en el numeral 2 del Artículo 2358, por la Ley número 27 de 21 de mayo de 2008.
19 18/02/2008 25983 21/02/2008 DEROGADO Y MODIFICADO PARCIALMENTE POR El Código Judicial fue modificado en el Artículo 1421-I y derogado en el Artículo 1421-J, por la Ley número 19 de 18 de febrero de 2008.
15 07/02/2008 25973 08/02/2008 ADICIONADO Y MODIFICADO PARCIALMENTE POR El Código Judicial fue modificado en los Artículos 183, 477, 511, 526, 989 y 1024, y adicionado con un párrafo final en los Artículos 480 y 495, por la Ley número 15 de 7 de febrero de 2008.
15 22/05/2007 25799 25/05/2007 ADICIONADO Y MODIFICADO PARCIALMENTE POR El Código Judicial fue modificado en los Artículos 2143, 2151, 2173 y 2178, y adicionado con el Artículo 2042-A, por la Ley número 15 de 22 de mayo de 2007.
50 13/12/2006 25692 15/12/2006 DEROGADO PARCIALMENTE POR Los Artículos 364, 365, 366, 367, 368, 369, 370, 371, 372, 373, 374, 375 y 376 del Código Judicial fueron derogados por la Ley número 50 de 13 de diciembre de 2006.
32 01/08/2006 25603 04/08/2006 ADICIONADO PARCIALMENTE POR El Capítulo IV fue adicionado al Título XII del Libro Segundo del Código Judicial, contentivo de los Artículos 1421-A, 1421-B, 1421-C, 1421-D, 1421-E, 1421-F, 1421-G, 1421-H, 1421-I, 1421-J, 1421-K, 1421-L y 1421-M, por la Ley número 32 de 1 de agosto de 2006.
25 05/07/2006 25582 06/07/2006 ADICIONADO PARCIALMENTE POR Los Artículos 2495-A, 2495-B, 2495-C, 2495-D, 2495-E, 2495-F, 2495-G, 2495-H, 2495-I y 2495-J fueron adicionados al Código Judicial por la Ley número 25 de 5 de julio de 2006.
51 27/12/2005 25453 28/12/2005 ADICIONADO Y MODIFICADO PARCIALMENTE POR El Código Judicial fue modificado en el Artículo 1967 y adicionado con el numeral 7 en el Artículo 1802, por la Ley número 51 de 27 de diciembre de 2005.
23 30/06/2005 25335 05/07/2005 RESTABLECIDA LA VIGENCIA PARCIAL Y TEMPORALMENTE POR La vigencia del Artículo 1967 del Código Judicial fue restablecida por la Ley número 23 de 30 de junio de 2005, por noventa días.
22 29/06/2005 25336 06/07/2005 DEROGADO Y MODIFICADO PARCIALMENTE POR El Código Judicial fue derogado en el Artículo 91, el numeral 2 del Artículo 129, el numeral 7 del Artículo 161, el literal e del Artículo 174, los numerales 1, 2 y 4 del Artículo 202, el numeral 11 del Artículo 347 y el Artículo 393; y modificado en los Artículos 932 y 2105, por la Ley número 22 de 29 de junio de 2005.
17 01/06/2005 25312 02/06/2005 ADICIONADO Y MODIFICADO PARCIALMENTE POR El Código Judicial fue modificado en el Artículo 1967 y adicionado con el numeral 7 en el Artículo 1802, por la Ley número 17 de 1 de junio de 2005.
5 28/01/2005 25233 04/02/2005 ADICIONADO PARCIALMENTE POR El Artículo 2086-A fue adicionado al Código Judicial por la Ley número 5 de 28 de enero de 2005.
48 30/08/2004 25127 31/08/2004 ADICIONADO PARCIALMENTE POR El Artículo 2121-A fue adicionado al Código Judicial por la Ley número 48 de 30 de agosto de 2004.
S/N 20/07/2004 27083 23/07/2012 DECLARADO PARCIALMENTE INCONSTITUCIONAL POR El artículo 1814 del Código Judicial fue declarado inconstitucional por el fallo de 20 de julio de 2004.
16 31/03/2004 25023 05/04/2004 ADICIONADO Y MODIFICADO PARCIALMENTE POR El Código Judicial fue adicionado con el numeral 7 en el Artículo 2173 y modificado en el Artículo 1956, por la Ley número 16 de 31 de marzo de 2004.
1 05/01/2004 24963-A 08/01/2004 ADICIONADO Y MODIFICADO PARCIALMENTE POR El Código Judicial fue modificado en el numeral 13 del literal c del Artículo 159, y adicionado con un párrafo final en el Artículo 2159, por la Ley número 1 de 5 de enero de 2004.
50 02/07/2003 24838 07/07/2003 ADICIONADO PARCIALMENTE POR El numeral 5 fue adicionado al Artículo 127 del Código Judicial por la Ley número 50 de 2 de julio de 2003.
45 04/06/2003 24818 09/06/2003 ADICIONADO Y MODIFICADO PARCIALMENTE POR El Código Judicial fue adicionado con un numeral en el Artículo 347, para que sea 17, y el anterior 17 pasaría a ser 18; adicionado en el Artículo 1957-A; y modificado en los Artículos 2041 y 2310, por la Ley número 45 de 4 de junio de 2003.
39 05/08/2002 24613 08/08/2002 ADICIONADO PARCIALMENTE POR El numeral 18 fue adicionado al Artículo 1613 del Código Judicial por Ley número 39 de 5 de agosto de 2002.
S/N-2 10/05/2002 24649 30/09/2002 DECLARADO PARCIALMENTE INCONSTITUCIONAL POR La frase "por nacimiento, o por adopción con más de cinco (5) años de residencia continua en el país", contemplada en el Artículo 169 del Código Judicial, fue declarada inconstitucional por el fallo de 10 de mayo de 2002.
59 05/12/2001 24447 07/12/2001 ADICIONADO PARCIALMENTE POR El Libro Primero del Código Judicial fue adicionado por la Ley número 59 de 5 de diciembre de 2001, con el Título XVII, que comprende los Artículos 460-A, 460-B, 460-C, 460-D, 460-E, 460-F, 460-G, 460-H, 460-I, 460-J, 460-K, 460-L, 460-M, 460-N, 460-Ñ y 460-O.
S/N 30/08/2001 24384 10/09/2001 ORDENADO SISTEMATICAMENTE POR Las disposiciones del Código Judicial fueron ordenadas sistemáticamente, con una numeración corrida de artículos, por medio del Texto Único adoptado mediante la Resolución número 1 de 30 de agosto de 2001.
39 19/07/2001 24350 23/07/2001 ADICIONADO Y MODIFICADO PARCIALMENTE POR El Código Judicial fue adicionado con los Artículos 1979-A y 1987-A y modificado en el Artículo 2060, por la Ley número 39 de 19 de julio de 2001.
38 10/07/2001 24350 23/07/2001 MODIFICADO PARCIALMENTE POR El Código Judicial fue modificado en su Artículo 1984- A por la Ley número 38 de 10 de julio de 2001.
23 01/06/2001 24316 05/06/2001 MODIFICADO, ADICIONADO Y DEROGADO PARCIALMENTE POR El Código Judicial fue modificado en los artículos 128, 159, 174, 175, 203, 303, 409, 411, 475, 482, 502, 651, 673, 715, 799-A, 988, 989, 990, 994, 995, 998, 999, 1002, 1006, 1080, 1098-A, 1116, 1122, 1124, 1148, 1160, 1180, 1189, 1192, 1216, 1218, 1219, 1220, 1227, 1228, 1231, 1232, 1237, 1241, 1255, 1257, 1264, 1265, 1268, 1271, 1273, 1274, 1276, 1335, 1336, 1409, 1631, 1633, 1649, 1667, 1668, 1742, 1784, 1788, 1797, 2036, 2038, 2153, 2204, 2205, 2207-D, 2225, 2244, 2263, 2267, 2270-A, 2274, 2284, 2296, 2305, 2313, 2321, 2328, 2338, 2362, 2363, 2429, 2528-A y 2528-H; y en la denominación de las Secciones 3a. y 4a. del Capítulo I del Título XII del Libro Segundo; fue adicionado en un párrafo final a los artículos 84 y 693, en dos párrafos finales al artículo 2067 y en los artículos 488-A, 991-A, 1667-A, 1667-B, 2204-A y 2361-A; fue suprimido en la denominación de la Sección 5a. del Capítulo I del Título XII del Libro Segundo; fue reordenado en las Secciones 6a., 7a. y 8a. del Capítulo I del Título XII del Libro Segundo; y fue derogado en los artículos 1224, 1234, 1238, 1239, 1243, 2207, 2280 y 2346; por la ley 23 de 1 de junio de 2001.
S/N 01/08/2000 24178 09/11/2000 DECLARADO PARCIALMENTE INCONSTITUCIONAL POR La palabra "expatriado", contenida en el último párrafo del Artículo 2508-A del Código Judicial, fue declarada inconstitucional por el fallo de 1 de agosto de 2000.
38 31/07/2000 24109 02/08/2000 DEROGADO Y SUBROGADO PARCIALMENTE POR El Código Judicial fue subrogado en los Artículos 6, 7 y 27 y el numeral 2 del Artículo 350, y derogado en el Artículo 348, por la Ley número 38 de 31 de julio de 2000.
26 27/06/2000 24085 29/06/2000 MODIFICADO PARCIALMENTE POR El Artículo 215-A del Código Judicial, fue modificado por la Ley número 26 de 27 de junio de 2000.
S/N 18/01/2000 24025 05/04/2000 DECLARADO PARCIALMENTE INCONSTITUCIONAL POR La frase "sin oir al demandado", contenida en el Artículo 1952 del Código Judicial, fue declarada inconstitucional por el fallo de 18 de enero de 2000.
60 29/12/1999 23960 03/01/2000 ADICIONADO PARCIALMENTE POR El Artículo 1984-B, fue adicionado al Código Judicial por la Ley número 60 de 29 de diciembre de 1999.
49 24/10/1999 23914 24/10/1999 DEROGADO Y MODIFICADO PARCIALMENTE POR El Código Judicial fue modificado en los Artículos 71, 73, 74, 75, 78, 89, 102, 104 y 114, el numeral 1 del Artículo 128, los Artículos 135 y 2582, el numeral 1 del Artículo 2602, el Artículo 2606, el numeral 1 del Arículo 2607, y los Artículos 2608, 2610, 2611, 2618 y 2623; y derogado en la Sección 7a. del Capítulo I del Título III del Libro Primero, que comprendía los Artículos 101-A, 101-B y 101-C, por la Ley 49 de 24 de octubre de 1999.
49 24/10/1999 23914 24/10/1999 RESTABLECIDA LA VIGENCIA PARCIALMENTE POR La vigencia del Artículo 91 del Código Judicial, fue restablecida por la Ley número 49 de 24 de octubre de 1999.
42 27/08/1999 23876 31/08/1999 MODIFICADO PARCIALMENTE POR El Artículo 2113, el párrafo cuarto del Artículo 2147-D y el Artículo 2148 del Código Judicial fueron modificados por la Ley número 42 de 27 de agosto de 1999.
39 26/08/1999 23874 28/08/1999 ADICIONADO Y MODIFICADO PARCIALMENTE POR El Código Judicial fue modificado en el numeral 5, el 16 pasó a ser el 17, y adicionado con el numeral 16 en el Artículo 346; modificado en los Artículos 2060 y 2112, el tercer párrafo del Artículo 2147-J, y los Artículos 2204 y 2270-A; y adicionado con un párrafo en el Artículo 125, el Artículo 215-A, un párrafo en el Artículo 1977, y los Artículos 1977-A, 1977-B, 2147-K, 2147-L, 2147-M y 2147-N, por la Ley número 39 de 26 de agosto de 1999.
32 23/07/1999 23848 26/07/1999 MODIFICADO, ADICIONADO Y DEROGADO PARCIALMENTE POR El Código Judicial fue modificado en los Artículos 71, 73, 74, 75, 89, 102, 104 y 114, el segundo párrafo del numeral 1 del Artículo 128, el Artículo 135, el último párrafo del Artículo 2582, el numeral 1 del Artículo 2602, los cuatro primeros párrafos del Artículo 2606, el numeral 1 del Artículo 2607 y los Artículos 2611, 2618 y 2623; adicionado con un párrafo en el Artículo 78, la Sección Séptima 7a. en el Capítulo I del Título III del Libro Primero (que comprende los Artículos 101-A, 101-B y 101-C), un párrafo en el Artículo 2608, y el penúltimo párrafo en el Artículo 2610; y derogado en el Artículo 91, por la Ley número 32 de 23 de julio de 1999.
1 08/07/1999 23837 10/07/1999 ADICIONADO PARCIALMENTE POR El numeral 17 fue adicionado al Artículo 1639 del Código Judicial, por el Decreto Ley número 1 de 8 de julio de 1999.
5 08/07/1999 23837 10/07/1999 DEROGADO PARCIALMENTE POR Los Artículos 1409 al 1411, en lo que se refiere a laudos y sentencias arbitrales extranjeras, y los Artículos 1412 al 1445 del Código Judicial, en su totalidad, fueron derogados por el Decreto Ley número 5 de 8 de julio de 1999.
80 23/11/1998 23684 02/12/1998 ADICIONADO Y MODIFICADO PARCIALMENTE POR El Código Judicial fue adicionado con un párrafo en el Artículo 357 y con dos párrafos en el Artículo 358, y modificado en los Artículos 948 y 968, por la Ley número 80 de 23 de noviembre de 1998.
41 01/07/1998 23578 03/07/1998 ADICIONADO PARCIALMENTE POR El Artículo 352-G fue adicionado al Código Judicial por la Ley número 41 de 1 de julio de 1998.
31 28/05/1998 23553 29/05/1998 MODIFICADO, ADICIONADO Y DEROGADO PARCIALMENTE POR El Código Judicial fue modificado en el numeral 4 del Artículo 989, el numeral 2 del Artículo 1148, el segundo párrafo del Artículo 1210, los Artículos 1977, 1979, 1981, 1986, 1987, 1995, 2031, 2033, 2034, 2035 y 2058, y el segundo párrafo del Artículo 1210; adicionado con el numeral 11 en el Artículo 88, el tercer párrafo en el Artículo 1210, y los Artículos 2035-A y 2508-A; y derogado en los Artículos 1980, 1983 y 2030, y la Sección 3a. del Capítulo III del Título I del Libro Tercero del Código Judicial, compuesta por los Artículos 2010 al 2023, por la Ley número 31 de 28 de mayo de 1998.
11 22/01/1998 23468 27/01/1998 MODIFICADO PARCIALMENTE POR El segundo párrafo del Artículo 860 del Código Judicial, fue modificado por la Ley número 11 de 22 de enero de 1998.
43 24/11/1997 23427 27/11/1997 MODIFICADO, ADICIONADO Y DEROGADO PARCIALMENTE POR El Código Judicial fue modificado en el Artículo 2417, adicionado en el Artículo 2148-A, y derogado en los Artículos 2212-A (esta disposición corresponde al Artículo 2168 del Texto Único del Código Judicial) y 2418, por la Ley número 43 de 24 de noviembre de 1997.
411-R-163 27/06/1997 23367 01/09/1997 REGLAMENTADO PARCIALMENTE POR El Artículo 2544 del Código Judicial, fue reglamentado por el Resuelto número 411-R-163 de 27 de junio de 1997.
S/N 21/03/1997 23274 25/04/1997 DECLARADO PARCIALMENTE INCONSTITUCIONAL POR Los términos "favorable" y "conjuntamente", contenidos en el Artículo 2529-A del Código Judicial, y el párrafo "En los casos de flagrante delito se requerirá que el imputado, previa consulta con su defensor, no se oponga a la solicitud del Ministerio Público", contenido en el Artículo 2528-E del mismo Código, fueron declarados inconstitucionales por el fallo de 21 de marzo de 1997.
35 10/05/1996 23036 15/05/1996 DEROGADO Y MODIFICADO PARCIALMENTE POR El Código Judicial fue modificado en el artículo 1980 y derogado en los artículos 2100, 2101 y 2102 por la Ley 35 de 10 de mayo de 1996.
29 01/02/1996 22966 03/02/1996 ADICIONADO PARCIALMENTE POR La Ley 29 de 1 de febrero de 1996, adiciona artículos al Código Judicial (Ley 29 de 25 de octubre de 1984).
53 12/12/1995 22931 15/12/1995 MODIFICADO PARCIALMENTE POR El Artículo 175 del Código Judicial fue modificado por la Ley número 53 de 12 de diciembre de 1995.
27 16/06/1995 22811 23/06/1995 ADICIONADO Y MODIFICADO PARCIALMENTE POR El Código Judicial fue modificado en el Artículo 1978 y adicionado con el Artículo 1984-A por la Ley número 27 de 16 de junio de 1995.
S/N-1 19/01/1995 22807 19/06/1995 DECLARADO PARCIALMENTE INCONSTITUCIONAL POR El Artículo 52 y la palabra "subsidiaria" del numeral 9 del Artículo 98 del Código Judicial fueron declarados inconstitucionales por el fallo de 19 de enero de 1995.
1 03/01/1995 22698 06/01/1995 ADICIONADO Y MODIFICADO PARCIALMENTE POR El Código Judicial fue modificado en el párrafo primero del Artículo 266, los Artículos 328, 342, 351, 2013, 2023 y 2043, la denominación del Capítulo IX del Título II del Libro Tercero, y los Artículos 2204, 2205, 2206 y 2207; y adicionado con los Artículos 1982-A, 1982-B, 1982-C y 1982-D, tres párrafos en el Artículo 2003, los Artículos 2135-A, 2149-A, 2207-A, 2207-B, 2207-C y 2207-D, el numeral 8 en el Artículo 2458, el Capítulo VIII en el Título IX del Libro Tercero (integrado por los Artículos 2528-A, 2528-B, 2528-C y 2528-D), y el Capítulo IX en el Título IX del Libro Tercero (integrado por los Artículos 2528-E, 2528-F, 2528-G, 2528-H, 2528-I, 2528-J, 2528-K y 2528-L), por la Ley número 1 de 3 de enero de 1995.
S/N 07/12/1994 22726 16/02/1995 DECLARADO PARCIALMENTE INCONSTITUCIONAL POR La frase "por nacimiento" contenida en los Artículos 84, 122 y 152 del Código Judicial fue declarada inconstitucional por el fallo de 7 de diciembre de 1994.
S/N 11/07/1994 22673 30/11/1994 DECLARADO PARCIALMENTE INCONSTITUCIONAL POR La frase "Consejo Judicial" contenida en los Artículos 444, 445, 447, 448, 450, 451, 452, 453, 454 y 455 del Código Judicial, fue declarada inconstitucional por el fallo de 11 de julio de 1994.
S/N-1 03/01/1994 22534 12/05/1994 DECLARADO PARCIALMENTE INCONSTITUCIONAL POR La frase "En caso de serlo otra persona se mandarán dar a su costo", contenida en el Artículo 2433 del Código Judicial, fue declarada inconstitucional por el fallo de 3 de enero de 1994.
15 04/06/1993 22303 09/07/1993 MODIFICADO PARCIALMENTE POR El párrafo final del numeral 4 del Artículo 526, el Artículo 2166 y el numeral 2 del Artículo 2181 del Código Judicial fueron modificados por la Ley número 15 de 4 de junio de 1993.
S/N-4 03/05/1993 22500 23/03/1994 DECLARADO PARCIALMENTE INCONSTITUCIONAL POR Los Artículos 441 y 449 del Código Judicial fueron declarados inconstitucionales por el fallo de 3 de mayo de 1993.
S/N 26/02/1993 22480 23/02/1994 DECLARADO PARCIALMENTE INCONSTITUCIONAL POR La frase "por nacimiento o por naturalización" contenida en el ordinal 1 del Artículo 2508 del Código Judicial fue declarada inconstitucional por el fallo de 26 de febrero de 1993.
15 09/07/1991 21829 15/07/1991 ADICIONADO Y MODIFICADO PARCIALMENTE POR El Código Judicial fue modificado en los Artículos 149, 521, 523, 525, 526, 527, 536, 559, 588, 612, 654, 660, 682, 689, 753, 793, 805, 961, 989, 998, 1002, 1029, 1038, 1094, 1098, 1099, 1114, 1137, 1149, 1151, 1155, 1201, 1206, 1210, 1212, 1248, 1257, 1265, 1267, 1282, 1292, 1317, 1386, 1402, 1403, 1441, 1513, 1537, 1563, 1574, 1629, 1630, 1636, 1651, 1654, 1686, 1693, 1713, 1714, 1715, 1732, 1739, 1740, 1746, 1747, 1752, 1760, 1762, 1767, 1768, 1772, 1773, 1797, 1801, 1803, 1804, 1818, 1819, 1825, 1963, y 2480; y adicionado con los Artículos 149-A, 536-A, 799-A, 805-A y 1419-A, por la Ley número 15 de 9 de julio de 1991.
19 09/07/1991 21832 18/07/1991 MODIFICADO, ADICIONADO Y DEROGADO PARCIALMENTE POR El Código Judicial fue modificado en los Artículos 1, 3, 22, 26, 27, 38, 53 y 57, el numeral 1 del Artículo 87, el Artículo 100, el numeral 4 del Artículo 128, el numeral 15 del Artículo 159, el Artículo 173, el literal A del Artículo 174, el Artículo 190, el primer párrafo del Artículo 242, los Artículos 251, 262, 266, 271, 272, 325 y 329, el numeral 1 del Artículo 348, y los Artículos 349, 406, 409, 410, 423, 425, 430, 436, 444, 445, 446, 451, 452 y 455; adicionado con los numerales 7, 8, 9 y 10 en el Artículo 88, el numeral 15 en el Artículo 98, el numeral 21 en el Artículo 101, el numeral 15 en el Artículo 199, un párrafo en el Artículo 237, y los numerales 12 y 13 en el Artículo 348; y derogado en el numeral 11 del Artículo 101, el último párrafo del Artículo 269 y el literal b) del Artículo 438, por la Ley número 19 de 9 de julio de 1991.
16 09/07/1991 21830 16/07/1991 REFORMADO PARCIALMENTE POR El Artículo 359 del Código Judicial fue reformado por la Ley número 16 de 9 de julio de 1991.
S/N-1 30/04/1991 21960 27/01/1992 DECLARADO PARCIALMENTE INCONSTITUCIONAL POR La frase "hasta tanto exista sentencia ejecutoriada en su contra", contenida en el Artículo 2099-A del Código Judicial, fue declarada inconstitucional por el fallo de 30 de abril de 1991.
S/N-1 18/03/1991 21904 29/10/1991 DECLARADO PARCIALMENTE INCONSTITUCIONAL POR La frase "después de la ejecutoría del auto de enjuiciamiento", contenida en el Artículo 2214, así como el Artículo 2289 del Código judicial, fueron declarados inconstitucionales por el fallo de 18 de marzo de 1991.
3 22/01/1991 21710 23/01/1991 MODIFICADO, ADICIONADO Y DEROGADO PARCIALMENTE POR El Código Judicial fue modificado en los Artículos 1978, 1980, 1981, 1984, 1999, 2009, 2013, 2019, 2020, 2023, 2033, 2035, 2038, 2066, 2069, 2112, 2118, 2135, 2139, 2148, 2163, 2164, 2167, 2169, 2170, 2178, 2181, 2182, 2204, 2205, 2216, 2219, 2221, 2229, 2247, 2263, 2291, 2304, 2305, 2306, 2310, 2312, 2314, 2328, 2342, 2357, 2359, 2387, 2398, 2407, 2411, 2413, 2419, 2420, 2421 y 2428, el numeral 1 del Artículo 2508 y el Artículo 2531; adicionado con la Sección 8a. en el Capítulo III del Título I del Libro Tercero (integrada por los Artículos 2057-A, 2057-B y 2057-C), los Artículos 2067-A, 2077-A, 2077-B, 2077-C, 2077-D, 2077-E y 2077-F, la Sección 1a. en el Capítulo VI del Título II del Libro Tercero (integrada por los Artículos 2147-A, 2147-B, 2147-C, 2147-D, 2147-E, 2147-F, 2147-G, 2147-H, 2147-I y 2147-J), y los Artículos 2184-A, 2270-A y 2395-A; y derogado en el Artículo 2314, por la Ley número 3 de 22 de enero de 1991.
S/N 11/01/1991 21893 14/10/1991 DECLARADO PARCIALMENTE INCONSTITUCIONAL POR Las frases "de nacimiento o naturalizado panameño" y "antes de la comisión del hecho en que se funda la demanda de extradición", contenidas en el numeral 1 del Artículo 2508 del Código Judicial, fueron declaradas inconstitucionales por el fallo de 11 de enero de 1991.
S/N 06/09/1990 21779 06/05/1991 DECLARADO PARCIALMENTE INCONSTITUCIONAL POR La frase "... pero, si encuentra que el imputado debe responder por delito distinto del que se le imputa en el auto de proceder, declarará cuál es ese delito", y el segundo y tercer incisos del Artículo 2387 del Código Judicial, fueron declarados inconstitucionales por el fallo de 6 de septiembre de 1990.
9 24/07/1990 21589 27/07/1990 MODIFICADO, ADICIONADO Y DEROGADO PARCIALMENTE POR El Código Judicial fue modificado en el segundo y tercer inciso del Artículo 149, los Artículos 136, 137 y 164, los numerales 6 y 7 del Artículo 166, los Artículos 432, 668 y 754, el numeral 2 del Artículo 1148, y el Artículo 1368; adicionado con el Artículo 1098-A; y derogado en los Artículos 1544 y 1545, por la Ley número 9 de 24 de julio de 1990.
50 20/02/1990 21486 02/03/1990 MODIFICADO PARCIALMENTE POR Los Artículos 2606 y 2611 del Código Judicial fueron modificados por el Decreto de Gabinete número 50 de 20 de febrero de 1990.
27 07/02/1990 21478 19/02/1990 ADICIONADO PARCIALMENTE POR La Sección 4a.(1) fue adicionada al Capítulo III del Título XIV del Libro Primero del Código Judicial, por el Decreto de Gabinete número 27 de 7 de febrero de 1990.
17 24/01/1990 21460 24/01/1990 SUBROGADO, ADICIONADO Y DEROGADO PARCIALMENTE POR El Código Judicial fue subrogado en el Artículo 271, derogado en el Artículo 272 y adicionado con los Artículos 496A, 496B, 496C y 496D, por el Decreto de Gabinete número 17 de 24 de enero de 1990.
1 05/01/1988 20961 07/01/1988 MODIFICADO PARCIALMENTE POR Los Artículos 1984 y 1988 del Código Judicial fueron modificados por la Ley número 1 de 5 de enero de 1988.
23 30/12/1986 20710 30/12/1986 ADICIONADO Y REFORMADO PARCIALMENTE POR El Código Judicial (Ley 29 de 25 de octubre de 1984), fue adicionado con el Artículo 2099-A y reformado en los Artículos 2212 (esta disposición corresponde al Artículo 2167 del Texto Único del Código Judicial) y 2212-A (esta disposición corresponde al Artículo 2168 del Texto Único del Código Judicial), por la Ley número 23 de 30 de diciembre de 1986.
18 08/08/1986 20614 08/08/1986 MODIFICADO, ADICIONADO Y DEROGADO PARCIALMENTE POR El Código Judicial (Ley 29 de 25 de octubre de 1984), fue modificado en los Artículos 2, 3, 5, 6, 7, 11, 12, 15, 16, 18, 20, 21, 22, 23, 24, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 36, 38, 48, 51, 54, 56, 59, 61, 69, 70, 71, 84, 85, 86, 88, 91, 92, 95, 96, 97, 98, 102, 105, 106, 119, 124, 127, 131, 136, 142, 143, 144, 145, 146, 156, 157, 159, 162, 165, 176, 178, 183, 184, 187, 199, 203, 211, 230, 278, 280, 292, 294, 296, 298, 300, 301, 317, 320, 321, 327, 328, 331, 332, 337, 338, 339, 343, 344, 345, 350, 351, 352, 361, 362, 363, 364, 365, 366, 367, 368, 369, 370, 371, 383, 387, 388, 389, 404, 405, 409, 415, 416, 421, 425, 426, 428, 429, 430, 431, 435, 439, 440, 442, 454, 456, 457, 460, 461, 462, 497, 498, 499, 500, 501, 502, 503, 504, 505, 506, 507, 508, 509, 510, 511, 526, 528, 533, 538, 550, 575, 576, 577, 581, 592, 597, 598, 605, 615, 623, 647, 648, 652, 656, 673, 684, 685, 700, 708, 710, 713, 717, 718, 720, 741, 745, 752, 762, 778, 782, 783, 784, 785, 787, 788, 796, 797, 799, 800, 802, 810, 811, 829, 861, 880, 901, 949, 1018, 1023, 1035, 1040, 1042, 1046, 1058, 1059, 1071, 1130, 1145, 1146, 1147, 1148, 1151, 1158, 1164, 1165, 1166, 1171, 1173, 1179, 1181, 1190, 1194, 1208, 1214, 1240, 1269, 1271, 1273, 1277, 1285, 1288, 1293, 1295, 1297, 1303, 1307, 1342, 1392, 1394, 1403, 1407, 1423, 1444, 1466, 1497, 1515, 1516, 1532, 1536, 1695, 1696, 1698, 1705, 2025, 2026, 2028, 2035, 2036, 2037, 2040, 2046, 2047, 2049, 2052, 2054, 2055, 2056, 2057, 2060, 2061, 2063, 2064, 2068, 2069, 2072, 2074, 2075, 2079, 2080, 2081, 2083, 2085, 2086, 2090, 2091, 2092, 2093, 2094, 2095, 2096, 2097, 2098, 2099, 2102, 2103, 2104, 2106, 2109, 2112, 2114, 2115, 2117, 2118, 2119, 2120, 2121, 2125, 2128, 2129, 2130, 2131, 2133, 2134, 2139, 2142, 2146, 2147, 2149, 2150, 2151, 2154, 2155, 2157, 2161, 2164, 2165, 2166, 2167, 2169, 2170, 2171, 2172, 2173, 2176, 2178, 2179, 2182, 2186, 2187, 2190, 2191, 2195, 2198, 2201, 2202, 2203, 2204, 2206, 2207, 2212, 2214, 2215, 2216, 2218, 2221, 2223, 2224, 2225, 2226, 2228, 2231, 2232, 2234, 2235, 2238, 2243, 2244, 2245, 2246, 2247, 2249, 2250, 2254, 2256, 2257, 2260, 2263, 2266, 2270, 2271, 2272, 2274, 2277, 2279, 2280, 2296, 2299, 2300, 2301, 2302, 2306, 2308, 2310, 2312, 2316, 2323, 2324, 2325, 2328, 2329, 2333, 2334, 2339, 2342, 2344, 2346, 2347, 2348, 2349, 2351, 2353, 2354, 2358, 2360, 2369, 2375, 2376, 2380, 2382, 2406, 2408, 2409, 2447, 2448, 2450, 2453, 2454, 2455, 2456, 2459, 2460, 2463, 2467, 2473, 2475, 2476, 2478, 2479, 2480, 2481, 2482, 2484, 2486, 2488, 2489, 2490, 2491, 2493, 2495, 2498, 2512, 2513, 2514, 2515, 2516, 2517, 2521, 2527, 2528, 2529, 2530, 2531, 2532, 2533, 2535, 2536, 2538, 2539, 2540, 2541, 2542, 2544, 2547, 2550, 2568, 2569, 2570, 2573, 2581, 2582, 2589, 2592, 2600, 2602, 2609, 2610, 2611, 2612, 2614, 2617, 2618, 2621, 2624, 2625, 2628, 2629, 2630, 2634, 2640, 2641, 2642, 2643, 2644, 2647, 2648, 2649, 2650, 2651, 2652, 2653, 2654, 2655, 2656, 2661, 2662, 2663, 2664, 2665, 2671, 2672 y 2673; adicionado con los Artículos 3A, 3B, 2022A, 2022B, 2022C, 2022D, 2022E, 2022F, 2022G, 2022H, 2022I, 2031A, 2031B, 2037A, 2037B, 2037C, 2037D, 2037E, 2037F, 2046A, 2068A, 2076A, 2143A, 2143B, 2143C, 2173A, 2178A, 2185A, 2190A, 2212A, 2316A, 2347A, 2356A, 2412A, 2412B, 2412C, 2437A, 2460A, 2461A, 2474C, 2474D, 2474E, 2474F, 2474G, 2474H, 2474I, 2474J, 2498A, 2612A y 2672A; y derogado en los Artículos 13, 14, 47, 57, 72, 73, 103, 129, 159, 161, 177, 182, 353, 354, 355, 356, 357, 358, 359, 377, 399, 400, 401, 402, 403, 463, 464, 465, 466, 467, 468, 469, 470, 471, 472, 473, 474, 475, 476, 477, 478, 479, 480, 481, 482, 483, 484, 485, 486, 487, 488, 489, 490, 491, 492, 493, 494, 495, 496, 786, 2032, 2033, 2034, 2044, 2100, 2126, 2141, 2148, 2163, 2168, 2189, 2192, 2197, 2205, 2209, 2220, 2227, 2259, 2269, 2265, 2276, 2298, 2326, 2368, 2411, 2432, 2441, 2442, 2445, 2446, 2449, 2471, 2492, 2510, 2511, 2537, 2566, 2567, 2605 y 2659, por la Ley número 18 de 8 de agosto de 1986.
S/N 30/05/1986 20756 10/03/1987 ORDENADO SISTEMATICAMENTE POR Las disposiciones del Código Judicial fueron ordenadas sistemáticamente, con una numeración corrida de artículos, por medio del Texto Único adoptado mediante la Resolución de 30 de mayo de 1986.
5 31/05/1985 20317 31/05/1985 MODIFICADO PARCIALMENTE POR El Artículo 2673 del Código Judicial fue modificado por la Ley número 5 de 31 de mayo de 1985.
LEY 29
REFERENCIAS ANTERIORES:
Norma N.º de norma Fecha de norma N.º de Gaceta Fecha de Gaceta Afectación Comentario
82 09/11/2012 27160 09/11/2012 ADICIONA PARCIALMENTE El Texto Único del Código Judicial fue adicionado con el numeral 6 en el artículo 856 por la ley 82 de 9 de noviembre de 2012.
S/N 22/08/1994 22711 26/01/1995 DECLARA PARCIALMENTE INCONSTITUCIONAL La parte final del Artículo 331 del Código Judicial que preceptuaba: "El del Fiscal Auxiliar de la República, del Fiscal Delegado de la Procuraduría General de la Nación, y el de los Fiscales Superiores de Distrito Judicial de seis años; el de los Fiscales de Circuito de cuatro años y el de los Personeros Municipales de tres, pero sujetos a las disposiciones de la Carrera Judicial"; fue declarada inconstitucional por el fallo de 22 de agosto de 1994.